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Primera Instancia

HERRERA FLORENCIA BELEN C/ PEREYRA VICTOR NICOLAS Y OTROS S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Pereyra Víctor Nicolás y otros. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal tras intimación, con costas a la actora y regulación de honorarios por 7 JUS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - AVELLANEDA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
33347
Caducidad de instancia Despido Ley 15.057 Costas Regulacion de honorarios Jus Intimacion Tribunal del trabajo n?3 avellaneda Falta de impulso procesal Resolucion rp 1517/26

¿Quién es el actor?

Herrera Florencia Belén.

¿A quién se demanda?

Pereyra Víctor Nicolás y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal conforme arts. 11 y 89 de la ley 15.057 y arts. 311 y ccdts. del CPCC; costas a la actora con beneficio de ley; regulación de honorarios profesionales (Dr. Martín Irigoyen Jorge Alberto en 7 JUS, equivalentes a $383.803 conforme Resolución RP 1517/26, más 10% de aportes e IVA si corresponde).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057).

Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite.

De lo expuesto se desprende que con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 19/10/26, notificada el 2/10/26 , las partes no han realizado actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, lo que obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada.

Consecuentemente, voto por declarar la caducidad de la instancia en autos, con costas a la actora con el beneficio de ley (arts. 24, 25 y 27 de la ley 15.057 y 20 de la LCT).-

ASI LO VOTO"

(Bloque dispositivo final del Tribunal:)

"I. Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (art. 11 y 89 de la ley 15.057 y arts. 311 y ccdts del CPCC) .-

II. Costas a la actora con el beneficio de ley (arts. 24, 25 y 27 de la ley 15.057 y 20 de la LCT).-

III.- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes conforme el valor de IUS conforme Resolución RP 1517/26 [...] Conforme ello, regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes de la siguiente forma: Dr. MARTIN IRIGOYEN JORGE ALBERTO en 7 JUS (equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 383.803 conf. Resolución RP 1517/26 de la SCBA) con más el 10 % de aportes (leyes 14.967, 6716 y 8455), e IVA en caso de corresponder."

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Caba)arts. 11, 12, 24, 25, 27, 89
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 9, 54
  • Ley 6716
  • Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 311
  • Acordada 3975/20 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 8
  • Resolución 1517/26 (Provincia De Buenos Aires (suprema Corte De Justicia))arts. 1, 2
  • Decreto-ley 8904/77 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 20.744

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