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Primera Instancia

RODAS MATIAS EZEQUIEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A.U S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y celebró un acuerdo conciliatorio con desistimiento parcial. El Tribunal homologó el acuerdo y el desistimiento del reclamo psicológico, disponiendo intimaciones para acreditar CBU/cuenta sueldo, regulando costas y honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - ZARATE
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
48142
Accidente de trabajo Homologacion de acuerdo Desistimiento Cuenta sueldo/cbu Costas Honorarios L.c.t. Cpcc Tribunal del trabajo zarate Pago de capital.

¿Quién es el actor?

Rodas Matías Ezequiel.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART SAU.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo; entre otros, reclamo por daño psicológico que el actor desistió.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio y el desistimiento de la acción formulado por el actor el 28/10/26; se ordenaron medidas para efectivizar los pagos de capital y honorarios y se impusieron las costas del acuerdo a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sra Juez Dra Viviant dijo:

1.- Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; arts. 30 ley 15057).-

2.- Considerando la postura del demandante desistiendo de la acción respecto del reclamo psicológico, estimo que la misma resulta de entidad suficiente como para resolver la admisión de tal acto (arts. 304 CPCC. y 277 L.C.T.), lo que así propongo.

ES MI VOTO."

"POR ELLO,

EL TRIBUNAL DEL TRABAJO DE ZARATE,

RESUELVE:

1) HOMOLOGAR el acuerdo conciliatorio y el desistimiento de la acción formulado por el actor en fecha 28/10/26, por los motivos dados (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; arts. 304 CPCC; art. 30 ley 15.057).

2) A los fines de efectivizarse el/los pago/s pactado/s en concepto de CAPITAL, INTIMASE a la parte actora para que dentro del término de dos (2) días acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a nombre del actor en una entidad bancaria (cuenta sueldo) ... debiendo el interesado en el mismo plazo, denunciar el CBU a fin de que la obligada sepa dónde efectuar el pago.

Hasta tanto se encuentre acreditada debidamente en autos la cuenta a nombre del actor, el plazo para el pago del CAPITAL de condena contenido en la presente sentencia, se encuentra SUSPENDIDO."

"3) COSTAS del acuerdo a cargo de la demandada ... REGULANSE los honorarios de la representación letrada de la actora en la suma de 36,47 jus ... y los de la representación letrada de la demandada en 18,23 jus ... con más adicionales de ley e IVA en caso de corresponder."

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincial)arts. 30, 24, 25, 26, 27
  • CPCC (Provincial)art. 304
  • Ley 14.967 (Provincial)arts. 10, 1, 9, 11, 15, 16, 21, 22, 25, 28, 51
  • Ley 6.716 (Provincial)art. 14
  • CFPBA (Provincial)arts. 295, 296
  • Ley 20.744

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