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Primera Instancia

RADOVICH LUIS ALBERTO C/ ASOCIART A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Acción de revisión de resolución de comisión médica con acuerdo conciliatorio por prestaciones. El Tribunal homologó el acuerdo por PESOS DIECISEIS MILLONES ($16.000.000) a favor del actor y lo declaró exigible con costas a cargo de la demandada, regulando honorarios y eximiendo la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
72949
Conciliacion Homologacion Accion de revision Art (aseguradora de riesgos del trabajo) L.c.t. Tasa de justicia Honorarios Costas Acuerdo por $16.000.000 Regulacion de peritos.

¿Quién es el actor?

Luis Alberto Radovich.

¿A quién se demanda?

AsociaRT A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (remitida bajo Ley 15.057 / L.C.T.), con intento de conciliación en audiencia de vista de causa.

¿Qué se resolvió?

Homologación del acuerdo conciliatorio por $16.000.000 a favor del actor, con costas a cargo de la demandada; eximición de la tasa de justicia si se cumple puntualmente el acuerdo (por mayoría); regulación de honorarios y demás pautas procesales y de notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo que el Tribunal RESUELVE:

1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la audiencia de vista de causa, en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado por las partes, se revalida la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES ($16.000.000) a favor de la parte actora LUIS ALBERTO RADOVICH y a cargo de la parte demandada ASOCIART ART S.A., pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada.-

2) Eximir -por mayoría- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057).-

3) A los fines de la regulación de honorarios de letrados y peritos se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase por todos los trabajos realizados y de acuerdo a las etapas cumplidas, los honorarios del Dr. ERNESTO RAUL GORDON en la cantidad de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISES ($248.416)... del Dr. CLAUDIO JAVIER REY en la cantidad de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($3.200.000) ... Regúlanse los honorarios de la Perito Médica Maria Natalia Martin Carral en PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL ($1.120.000), más el 10%..."

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo fue votado por el orden sorteado SLAVIN-RAMOS-CORDERO. La Dra. Slavin propuso homologar y eximir la tasa de justicia condicionalmente (eximir si cumplimiento puntual), la Dra. Ramos adhirió salvo que propuso eximir la tasa sin condición; el Dr. Cordero adhirió al voto de la Dra. Slavin. Por mayoría se adoptó la eximición condicionada (tal como expresa el dispositivO).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Garzon c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995

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