JurisprudenciaARG
Primera Instancia

PENSEL LAURA ELSA C/ SENESE GUSTAVO y otros S/ DESPIDO

Demanda laboral por despido con acuerdo conciliatorio por $40.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo y ordenó su pago, impuso costas a la demandada y eximió de la tasa de justicia condicionado al cumplimiento puntual del convenio, regulando honorarios por $4.000.000 a cada letrada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
75989
Despido Homologacion Acuerdo conciliatorio L.c.t. Art. 30 ley 15.057 Tasa de justicia Costas Honorarios Regulacion de honorarios Ceramica coyunco s.r.l.

¿Quién es el actor?

Laura Elsa Pensel.

¿A quién se demanda?

Senese Gustavo; Cerámica Coyunco S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa por despido; se arribó a un acuerdo conciliatorio en audiencia preliminar por la suma total de PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000) a favor de la actora.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio en los términos pactados, ordenó el pago de $40.000.000 a favor de la actora a cargo de la demandada Cerámica Coyunco S.R.L., con costas a cargo de la demandada; eximió de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo (por mayoría); reguló honorarios de las Dras. Carla Barchiesi Mendez y Analia Besso en 75,14 JUS cada una (equivalentes a $4.000.000 al día de la fecha), con inclusión de porcentajes y IVA cuando corresponda; diferimiento de regulación de honorarios del Dr. Luciano Ricci hasta cumplimiento de intimación de fecha 26/05/2026; y pautas para notificación y pago de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434). Debe tenerse presente lo demás manifestado e imponerse las costas a la demandada." (voto Dra. Slavin)

"Respecto a la eximición de la tasa de justicia solicitada por las partes y en virtud de lo dispuesto por el art. 30 3ro. parr. ley 15.057, propongo eximir de la misma en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 Ley 15.057)." (voto Dra. Slavin)

"adhiero por sus fundamentos al voto que antecede en orden, excepto en lo que se propone respecto de la tasa de justicia, considerando que, deberá eximirse de la misma atento al acuerdo formulado en autos." (voto Dra. Ramos)

Bloque dispositvo final (decisión del Tribunal): "1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la audiencia preliminar, ... PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000) a favor de la parte actora LAURA ELSA PENSEL y a cargo de la parte demandada CERAMICA COYUNCO S.R.L., pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada. - 2) Eximir -por mayoría- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057). - 3) A los fines de la regulación de honorarios de letrados se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase ... los honorarios de la Dra. CARLA DE LOS MILAGRO BARCHIESI MENDEZ ... 75,14 JUS equivalentes ... a $4.000.000 y de la Dra. ANALIA LAURA BESSO ... 75,14 JUS equivalentes ... a $4.000.000..." (bloque dispositivo)

¿Cómo votaron los jueces?

La propuesta de la Dra. Slavin (condicionar la eximición de la tasa de justicia al cumplimiento puntual) fue acompañada por la Dra. Beldarrain; la Dra. Ramos adhirió a la homologación pero propuso eximir totalmente la tasa. El Tribunal resolvió conforme al voto de la mayoría (Slavin/Beldarrain): homologación y eximición condicionada.

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 30
  • Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
  • Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
  • Ley 27.802arts. 12, 15, 277 · Ley de modernizacion laboral
  • CCyCNart. 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 4016 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Resolución 873 (Provincia De Buenos Aires (scjba))
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Garzon c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995

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