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Primera Instancia

CARRIZO GUEVARA SHEILA DANA y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora promovió homologación de acuerdo transaccional por reclamo laboral por la suma de $2.400.000. El Tribunal homologó el acuerdo, ordenó intimar a la demandada al pago de la tasa de justicia ($52.800) y contribución al Colegio ($2.640), y diferir regulación de honorarios hasta cumplimiento de intimación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
76650
Homologacion Transaccion Lct Tasa de justicia Costas Honorarios Contribucion colegio de abogados Acuerdo transaccional Monto $2.400.000 Intimacion pago

¿Quién es el actor?

SHEILA DANA CARRIZO GUEVARA (y otros).

¿A quién se demanda?

NOELIA SOLEDAD ESCUDERO; MELINA LUCIA ESCUDERO; CARLOS ERNESTE CACERES; PULXION CREW SAS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio/transacción en expediente laboral; revalidación de suma acordada como pago a la actora.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo transaccional y se revalidó la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($2.400.000) a favor de la actora; se intimó a la demandada a acreditar pago de la tasa de justicia por $52.800 y la contribución al Colegio de $2.640 en cinco días; se diferió la regulación de honorarios de dos letrados hasta cumplimiento de intimación y se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434). - Intimase a la demandada acredite el cumplimiento de la correspondiente tasa de justicia bajo apercibimiento de comunicar tal circunstancia al Departamento de Cobro de Tasa de Justicia a los fines que estime corresponder. Así lo voto."

Adhesión de la Sra. Jueza Dra. Moscuzza: "adhiere por sus fundamentos al voto de la Dra. Slavin, y deja a salvo su opinión en contrario, en cuanto que considera que previo a resolver sobre la homologación solicitada, debió darse cumplimiento con el pago de la correspondiente tasa de justicia y su Contribución (art. 79 de la Ley 15.391 y art. 12 inc. 'g' de la Ley 6716)."

Bloque dispositivo final (resolutivo): "el Tribunal RESUELVE: 1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio ... se revalida la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($2.400.000) a favor de la parte actora SHEILA DANA CARRIZO GUEVARA y a cargo de la parte demandada ... con costas a cargo de la demandada mencionada. - 2) Intimar -por mayoría- a la demandada para que en el plazo de cinco días acredite el cumplimiento de la tasa de justicia por la suma de $52.800, bajo apercibimiento de ley, debiendo acompañar la correspondiente boleta (art. 252 ley 10.397) y la cantidad de $2.640 (5%) como contribución al Colegio de Abogados (art. 60 ley 15.057) ( Res. 38/13 SPL SCJBA). 3) Diferir de la regulación de honorarios del Dr. MARIANO ISMAEL BALBUENA y de la Dra. MARIEL BUGGIANI hasta tanto cumplan con la intimación de fecha 15/10/2026."

Se deja constancia del cumplimiento de notificaciones y del registro: "Notifíquese a las partes (Ac. 4013,4016 y 4039/21 SCBA). Regístrese."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Garzon c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995

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