PEREIRO JORGE ROLANDO Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor promovió homologación de una transacción laboral por la extinción de la relación laboral. El Tribunal homologó la transacción, ordenó el pago único de $13.800.000 en la cuenta bancaria denunciada del actor, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en 7 Jus para cada letrado.
¿Quién es el actor?
Jorge Rolando Pereiro.
¿A quién se demanda?
Inés Clotilde Alomar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de transacción celebrada entre las partes que compone reclamos laborales derivados de la relación y su extinción.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la homologación de la transacción presentada el 23/10/2026; se homologó el pago de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($13.800.000) en un único pago a los cinco días de homologada la presente mediante depósito/transferencia a la caja de ahorro del actor; se impusieron las costas a la demandada; se reguló honorarios en 7 Jus para cada abogado; y se ordenaron las demás medidas de ejecución y acreditación del pago conforme al pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."
"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."
Del dispositivo, transcripción de las cláusulas esenciales del acuerdo homologado:
"a).- La Sra. INÉS CLOTILDE ALOMAR, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, da en pago al Sr. JORGE ROLANDO PEREIRO, y éste ACEPTA, la suma de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 13.800.000), pagadera en un único pago, a los cinco (5) días de homologado el presente acuerdo, mediante depósito o transferencia a la caja de ahorro en pesos de titularidad del trabajador en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6704, cuenta N° 504978-4, CBU 0140356303670450497841, alias SUELO.RUBI.TANGO, sirviendo la constancia de la operación de suficiente recibo y carta de pago."
"b).- La suma pactada se abona en compensación de los hipotéticos créditos del trabajador, que quedan cancelados con el pago comprometido, y que seguidamente se enumeran... indemnización por antigüedad...preaviso...SAC...vacaciones proporcionales... diferencias salariales... horas extraordinarias... indemnizaciones de los arts. 208, 212 y 213 de la LCT... y toda otra suma o indemnización derivada de la relación laboral habida entre las partes y de su extinción."
Disposiciones sobre costas, forma y justificación del pago, y honorarios:
"IV. COSTAS. Las costas del proceso serán a cargo de la Sra. Inés Clotilde Alomar... acordándose los honorarios del Dr. TOMÁS VIÑAS URQUIZA y de la Dra. YANEL ANDREA ARES en la suma equivalente a SIETE (7) ius arancelarios para cada uno...los que serán abonados dentro de los diez (10) días de homologado el acuerdo."
Órdenes del tribunal sobre forma de pago y acreditación:
"Se autoriza a la obligada al pago a efectivizar el importe acordado mediante depósito en la cuenta de titularidad exclusiva del actor... El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)."
Además, el Tribunal fundamentó la homologación en los arts. 1.641, 1.642, 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial y art. 15 de la LCT, y ordenó la eximición del 50% del sellado de actuación y otras medidas administrativas señaladas en el dispositivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 9, 13, 14, 15, 16, 21, 22, 24, 25, 28, 43, 54
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 24, 89
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 14, 20, 21
- Ley 24.432arts. 8, 13, 15 · Honorarios profesionales
- CCyCNarts. 730, 1255, 1641, 1642, 1643, 1644, 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 73
- Resolución 1840/2024 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Resolución 1883 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Resolución 1242 (Provincia De Buenos Aires (scba))art. 2
- Resolución 100/96 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Resolución 173/99 (Provincia De Buenos Aires)
- CFPBA (Código Fiscal, Ley 10.397) (Provincia De Buenos Aires)art. 281
- Acordada 4013 (t.o. 4039) (Provincia De Buenos Aires (scba))arts. 10, 13
- Acordada 3975/20 (Provincia De Buenos Aires (scba))art. 7
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Aguilera Miguel Ángel c/ Swiss Medical Art S.A. s/ Apelación de Resolución AdministrativaTribunal de Trabajo de Trenque Lauquen · 20/12/2024
- Valentin, Marilina Irene c/ Corbalan, Yesica s/ DespidoTribunal de Trabajo de Trenque Lauquen · 13/08/2026
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.