FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ACHAGA ANDREA FABIANA Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal por $765.942,60 contra Achaga Andrea Fabiana y Monpelat Marcelo Alejandro. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el cobro del capital reclamado con intereses desde el 07/08/2026, y condenó en costas a los demandados.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
ACHAGA ANDREA FABIANA y MONPELAT MARCELO ALEJANDRO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($765.942,60) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados efectúen el pago íntegro del monto reclamado con los intereses legales desde el 07/08/2026; se impusieron las costas a los vencidos y se difirió regulación de honorarios; se tuvo por constituidos los domicilios de los demandados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido los demandados ACHAGA ANDREA FABIANA y MONPELAT MARCELO ALEJANDRO intimados de pago en el domicilio de BEAUCHEF 471 PISO:4° CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamientos acompañados) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dáseles por perdido el derecho que han dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406)."
"RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados ACHAGA ANDREA FABIANA MONPELAT MARCELO ALEJANDRO hagan íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($765.942,60). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 07/08/2026- y hasta su efectivo pago."
"2) Las costas se imponen a los vencidos (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406)."
"3) Hallándose los demandados debidamente anoticiados del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 16/09/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituidos sus domicilios en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."
Fechas y montos relevantes incluidos en la resolución:
Capital reclamado: $765.942,60.
Intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda: 07/08/2026.
Apercibimiento/constancia de notificación mencionada: providencia de fecha 16/09/2026.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 155, 540, 549, 68, 556, 41
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 25, 15, 22, 7, 24
- CF (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Resolución 39/2011 (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Ley 15007 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires)
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.