ROMERO OLGA DEL VALLE C/ AYSA S.A. Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - EMPL.PUBLICO(PPAL34701)
Peticionante solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de una pretensión indemnizatoria contra AYSA S.A. y otro. El Tribunal concedió el beneficio, eximiendo a ROMERO OLGA DEL VALLE del pago de costas y gastos judiciales hasta que mejore de fortuna, con fundamento en la garantía de defensa en juicio y la igualdad ante la ley.
¿Quién es el actor?
ROMERO OLGA DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
AYSA S.A. y otro/a (parte no especificada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en el expediente caratulado "ROMERO OLGA DEL VALLE C/ AYSA S.A. Y OTRO/A S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS".
¿Qué se resolvió?
Se concedió el beneficio de litigar sin gastos a ROMERO OLGA DEL VALLE, quedando exenta del pago de costas o gastos judiciales hasta que mejore de fortuna (art. 84 C.P.C.C.). Se ordenó registro y notificación a domicilios electrónicos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la institución del beneficio de litigar sin gastos obedece a la necesidad de contemplar la situación de aquellas personas que carecen de los recursos indispensables para afrontar los gastos de un proceso.
Que dicha institución encuentra sustento en dos preceptos de raigambre constitucional: la garantía de defensa en juicio y la igualdad ante la ley.
Que el primer precepto enunciado resultaría vulnerado si se le imposibilita el acceso a la justicia a quienes no se encuentran en condiciones económicas de requerir a los jueces una decisión sobre el derecho que estiman asistirles.
Que el segundo precepto constitucional referido impone la necesidad de neutralizar las ventajas que en el orden económico pueden favorecer a uno de los litigantes en desmedro del otro.
Que del juego armónico de los arts. 78 y 79 del C.P.C.C. de la Provincia de Buenos Aires, se desprende que la obtención del beneficio de litigar sin gastos se condiciona a la concurrencia de dos requisitos: la carencia de recursos y la necesidad de reclamar o defender judicialmente derechos propios o del cónyuge o de hijos menores.
Que con fecha 13/07/2026 obra la declaración jurada del peticionante y con fecha 27/08/2026 lucen las declaraciones de los testigos oportunamente propuestos.
Que el art. 81 del código ritual establece que no obsta a la concesión del beneficio la circunstancia de que el peticionario tenga lo indispensable para procurarse su subsistencia, cualquiera fuere el origen de sus recursos.
Que habiendo apreciado los elementos de juicio aportados de conformidad con las reglas de la sana crítica, en virtud de lo dispuesto por la normativa citada precedentemente y lo prescripto por el art. 84 del código procesal,
¿Qué se resolvió?
I.- Conceder a ROMERO OLGA DEL VALLE el beneficio de litigar sin gastos a fin de que puedan reclamar o defender judicialmente los derechos que estiman les asisten en los autos "ROMERO OLGA DEL VALLE C/ AYSA S.A. Y OTRO/A S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS" quedando exento del pago de costas o gastos judiciales hasta que mejore de fortuna. (art. 84 C.P.C.C.).-
II.- REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE A LOS DOMICILIOS ELECTRÓNICOS."
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