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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MEDINA DANIEL y otro/a S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial requirió ejecución por apremio provincial por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $1.734.910,30 más los intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37043
Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho a excepciones Arts. 540 549 556 cpcc Costas a la parte vencida Monto: $1.734.910 30 Ley 13.406 Notificacion/registro Observacion: el documento no identifica expresamente al juez que dicto la resolucion. si necesita que se verifique el nombre del magistrado Indiquelo y procedo a buscarlo si dispone de mas datos del expediente.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

BARSLUND NANCY ELIZABETH y MEDINA DANIEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución / apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 30/100 ($1.734.910,30) más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la extemporaneidad y pérdida del derecho de la demandada a oponer excepciones; se hizo lugar a la demanda y se ordenó ejecutar hasta el pago íntegro de la suma reclamada más intereses según art. 104 del Código Fiscal; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I. "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

II. "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor BARSLUND NANCY ELIZABETH y MEDINA DANIEL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 30/100 ($1.734.910,30) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

III. "REGISTRESE. NOTIFIQUESE (Art. 135, inc. 12 del CPCC y art. 13 de la ley 13.406)."

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