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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LENTO JULIO CESAR S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar créditos fiscales por sumas adeudadas. El Tribunal ordenó la traba y remate y mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de $1.758.870,70 más intereses, gastos y costas, declarando perdido el derecho a oponer excepciones por vencimiento de plazo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-34782
Ejecucion Apremio provincial Trance y remate Fisco provincial Deuda fiscal Perdida de excepciones Intereses fiscales Domicilio procesal Costas y gastos $1.758.870 70

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Lento Julio Cesar (DNI N° 18.139.773).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial para el cobro de capital reclamado conforme a Títulos Ejecutivos Nros. 1488743 y 1488747, por la suma de $1.758.870,70 más intereses fiscales, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó la continuación de la ejecución por trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga al acreedor el pago íntegro del capital reclamado ($1.758.870,70), con más los intereses previstos por el Código Fiscal hasta la fecha de su efectivo pago, y los gastos y costas de la ejecución. Se tuvo por perdido el derecho de la parte demandada a oponer excepciones por no haberlas promovido en término. Se constituyó el domicilio procesal en los estrados del Juzgado y se dejó constancia de la intimación en domicilio de Rufino Inda 931, Mar del Plata.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."

"FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada LENTO, JULIO CESAR (DNI N° 18.139.773) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.758.870,70), -conforme Títulos Ejecutivos Nro. 1488743 y 1488747-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."

"Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle RUFINO INDA N° 931 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

Normas que cita

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