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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FLOWERSUN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio por $710.236,70 más intereses y costas contra FLOWERSUN. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta el pago íntegro del capital reclamado, aplicando intereses conforme al Art. 104 del Código Fiscal y constituyó domicilio del demandado en los estrados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LZ-27917-2026
Ejecucion por apremio Titulo ejecutivo digital Fisco de la provincia de buenos aires Flowersun Trance y remate Art. 104 codigo fiscal Costas Constitucion de domicilio Ley 13.406 Incumplimiento de excepciones legitimas.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

FLOWERSUN.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por vía de apremio del monto de PESOS SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 70/100 ($710.236,70) con más intereses, costos y costas, fundado en título ejecutivo digital.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor íntegro del capital reclamado y aplicando los intereses previstos por el Art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas a la demandada y se constituyó su domicilio en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio DENUNCIADO: CALLE MENDOZA - NRO. 776 - CP. 1838 - LOC. LUIS GUILLON conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."

"Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406,"

¿Qué se resolvió?

1) "Esta causa de trance y remate, mandando a llevar adelante la ejecución promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra FLOWERSUN, hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 70/100 ($710.236,70), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago."

2) "Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406) y difiriendo la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno."

3) "Haciendo efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, teniendo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (Arts. 7, 13 de la ley 13.406 y Art. 41 del CPCC)."

No se consignan votos en disidencia ni firma de juez en el texto provisto.

Normas que cita

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