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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AGROPECUARIA LA COLORADA S.R.L S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Agropecuaria La Colorada S.R.L. por deuda por PESOS 3.309.330,00. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado, impuso costas a la ejecutada y difirió la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18726
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Agropecuaria la colorada srl $3.309.330 00 Incomparecencia / perdida del derecho a defensa Constitucion de domicilio en estrados Costas Regulacion de honorarios diferida Art. 51 cca / arts. 540 y 549 cpcc

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

AGROPECUARIA LA COLORADA S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial por el pago de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 0/100 ($3.309.330,00), más intereses que correspondan.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada haga íntegro pago del monto reclamado; se impusieron las costas a la parte ejecutada vencida; se diferenció la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"se citó a AGROPECUARIA LA COLORADA SRL en Alsina nro. 156 de la ciudad de Pellegrini -ver documentación adjunta a la presentación electrónica del 16.10.26- y no compareció ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC)."

"Por lo expuesto, en mérito a las constancias de autos y a lo establecido en los artículos 7, 10, 11, 13, 24 y 25 de la ley 13.406 y 540 y 549 del CPCC, RESUELVO:"

"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto AGROPECUARIA LA COLORADA SRL haga íntegro pago del monto reclamado, que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 0/100 ($3.309.330,00), con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente."

"2) Imponer las costas a la parte ejecutada vencida (art. 51 CCA; arts. 537, 556 y cc CPCC)."

"3) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 22 ley 13.406, y 51, ley 14.967)."

Observaciones procedimentales relevantes: Constancia de notificación citada (documentación electrónica del 16.10.26). Se constituyó domicilio en los estrados por incomparecencia y falta de excepciones dentro del término legal.

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