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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROSASCO LUCIANO DIEGO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para exigir el pago de tributos por $932.490,20 más intereses. El Tribunal hizo lugar al apremio y ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro, imponiendo las costas a la parte demandada y difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
79360
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Incautacion / trance y remate Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho por inactividad procesal Costas Domicilio procesal constituido $932.490 20 Difusion de regulacion de honorarios

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Rosasco Luciano Diego.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución apremio provincial por capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON 20/100 ($932.490,20) más los intereses aplicables según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (20/08/2026) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la causa de trance y remate ordenando proseguir la ejecución contra el demandado hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado con intereses; se impusieron las costas al demandado y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)."

"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406."

¿Qué se resolvió?

"1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto ROSASCO LUCIANO DIEGO haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON 20/100 ($932.490,20), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (20/08/2026) y hasta su efectivo pago.

2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967).

3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

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