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Primera Instancia

TOMJANOVICH, SHEILA STEFANIA c/ IOSFA OSFA s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra IOSFA para obtener la cobertura del módulo mensual post trasplante renal. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo, ordenó a IOSFA garantizar la cobertura en 48 horas, le impuso las costas y reguló honorarios de la Defensora Oficial en 11 UMA ($1.188.055).

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SALTA 1 - SECRETARIA CIVIL 1
Fuero
FEDERAL DE SALTA
Jurisdicción
Federal · Salta
Expediente
FSA 013821/2026
Honorarios Discapacidad Cobertura medica Amparo Obras sociales Uma Trasplante renal Continuidad de tratamiento Iosfa Ley 16.986

¿Quién es el actor?

Sheila Stefanía Tomjanovich, asistida por la Defensora Oficial.

¿A quién se demanda?

Instituto de la Obra Social de la Fuerza Armada (IOSFA-OSFA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

se solicita la cobertura y regularización del pago al prestador Trasplante Renal Salta S.R.L. del módulo mensual post trasplante renal y demás prestaciones que pudieran corresponder, para asegurar continuidad del tratamiento renal e inmunosupresión.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a IOSFA, dentro de las 48 horas de notificada, garantizar a la afiliada la cobertura oportuna e integral del módulo mensual post trasplante renal en el prestador Trasplante Renal Salta S.R.L., abonando las prestaciones en tiempo y forma; se impusieron costas a la vencida; se regularon honorarios de la Defensora Oficial en 11 UMA (equivalentes a $1.188.055) con más IVA si corresponde; y se dispuso registro, notificación y publicación conforme a Acordadas 24/13 y 10/25.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias probatorias digitalizadas junto al escrito inicial surge acreditado que Sheila Stefanía Tomjanovich es afiliada a IOSFA bajo el N° 44391001 (copia de carnet de afiliación); cuenta con Certificado Único de Discapacidad con diagnóstico de insuficiencia renal crónica, trasplante de riñón, hiperaldosteronismo no especificado; es beneficiaria de la Ley 26.928 (credencial emitida el 30/07/2026 por el INCUCAI); fue trasplantada el 23/03/2017, tuvo rechazo a los 3 meses permaneciendo a posterior con creatinina elevada; y en julio de 2019 sufre un rechazo celular a pesar del tratamiento, con daño renal crónico progresivo y riesgo de progreso y reingreso a diálisis, por lo que requiere controles mensuales estrictos y mantener inmunosupresión (certificado médico del 30/07/2026 elaborado por la Dra. Valeria Álvarez)."

"Sin perjuicio de ello, cabe señalar que si bien IOSFA acompañó las autorizaciones emitidas a fin de que la afiliada acceda al módulo mensual post trasplante, no probó por ningún medio haber abonado a Trasplante Renal Salta S.R.L. los servicios brindados, lo que pone en riesgo la continuidad de los controles que requiere la paciente y evidencia la arbitrariedad de su conducta."

"Es dable destacar que las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... constituyendo la vía idónea para la protección efectiva del derecho a la vida y su corolario, el derecho a la preservación de la salud (Fallos 326:4931)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que prevalece.

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa LME. C/ PAMI (INSSJP) s/ Amparo Ley 16986"CSJN · 29/02/2024

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