Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: QUIROGA, PAOLA INES s/HURTO DAMNIFICADO: ABRIATA, EMMANUEL OSVALDO
Robo en un bazar: se imputó a Paola Inés Quiroga por hurto de dos mercaderías por valores de $54.900 y $59.900. El Tribunal Oral Nº 3 la condenó como autora a UN MES DE PRISIÓN, la declaró reincidente y fijó el vencimiento de la pena el 08/11/2026, ordenando su libertad a esa fecha salvo impedimento legal.
Actor (parte que promovió la acción penal): Ministerio Público Fiscal, representado por el Sr. Fiscal General Dr. Andrés Madrea.
Demandado (imputado): Paola Inés Quiroga.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Investigación y juzgamiento por el delito de hurto (arts. 45 y 162 CP) consistente en la sustracción de una planchita para el cabello marca “Zuzik” por $54.900 y un set de cubiertos marca “Tramontina” por $59.900 del comercio “Zoom” el 7/10/2026.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Paola Inés Quiroga como autora material penalmente responsable del delito de hurto a la pena de UN MES DE PRISIÓN y costas; se la declaró reincidente por una condena previa (causa 33.510/26) y se fijó como fecha de vencimiento de la pena el 08/11/2026, disponiéndose su libertad al mediodía de esa fecha si no existe impedimento legal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Llegado el momento de valorar los elementos probatorios, reunidos en autos, considero que los mismos prueban tanto la materialidad del hecho descripto como la consiguiente responsabilidad que le cupo a Paola Inés Quiroga."
"Así, el testimonio brindado por el encargado del local y el registro fílmico de lo sucedido permiten sostener que Quiroga el día 7 de octubre del año en curso ingresó al bazar con nombre de fantasía 'Zoom', tomó la mercadería antes detallada, la escondió entre sus pertenencias y se retiró sin abonar ningún producto. Dos días después, al regresar al comercio, fue reconocida por los empleados, quienes la demoraron en el lugar y dieron intervención a personal policial."
"Que, en lo que refiere a la calificación legal, la conducta atribuida a Quiroga resulta constitutiva del delito de hurto, por el que deberá responder en calidad de autora (arts. 45 y 162 del Código Penal). Ello por cuanto se ha demostrado que Quiroga, sin ejercer fuerza sobre las cosas ni violencia sobre las personas, se apoderó de una planchita para el pelo y un set de cuchillos del interior del bazar 'Zoom', escondiéndolos entre sus pertenencias y retirándose del lugar sin abonarlos, cumpliéndose así con los requisitos objetivos y subjetivos del tipo penal."
"Que, en cuanto a la sanción a imponer por este suceso, se acepta la pena acordada por las partes, esto es la pena de UN MES DE PRISIÓN, ... A esos efectos se toma en consideración, habida cuenta las pautas mensurativas prescriptas por los artículos 40 y 41 del Código Penal, como atenuantes, que reconoció su falta..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia; la sentencia es unipersonal del juez interviniente.
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