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Cámara de Apelaciones

VILLARREAL, CESAR HERNAN c/ PREVENCION ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el trabajador contra la aseguradora por accidente de trabajo y obtuvo condena en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala X) confirmó la sentencia, rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 y negó la aplicación retroactiva del Decreto 1022/2017, imponiendo costas y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 090075/2016/CA001
Intereses Accidente de trabajo Retroactividad Prevencion art Fondo de reserva Interaccion art Decreto 1022/2017 Art. 55 Ley 27.802 Inconstitucionalidad rechazada

¿Quién es el actor?

Villareal Cesar Hernan.

¿A quién se demanda?

PREVENCION ART S.A. (intervención como gerenciadora del Fondo de Reserva) e INTERACCIÓN ART S.A. (aseguradora obligada en liquidación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo y condena de la aseguradora y responsabilidades accesorias (capital, intereses, honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue materia de agravios, impuso las costas de Alzada a la gerenciadora del Fondo de Reserva y reguló los honorarios de Alzada en 30% de lo que les corresponda por su labor en la instancia anterior, con la limitación prevista respecto del Fondo de Reserva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "De ello se sigue que la condena fue dirigida contra Interacción ART S.A., en su carácter de aseguradora obligada, y no contra Prevención ART S.A. a título personal, cuya intervención en el proceso obedeció a las funciones de gerenciamiento del Fondo de Reserva que oportunamente ejercía... toda vez que la sentencia de grado no contiene una condena personal contra Prevención ART S.A., no se verifica el perjuicio concreto que la recurrente invoca como fundamento de su pretensión recursiva."

2) "El art. 55 de la ley 27.802 contempla expresamente su aplicación a los juicios que se encontraban en trámite y pendientes de sentencia definitiva al momento de su entrada en vigencia, y establece un régimen específico para la determinación de los accesorios correspondientes a los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo... De tal modo, la disposición debe ser examinada en su integridad, sin que resulte jurídicamente adecuado aislar uno de sus componentes y prescindir de los restantes mecanismos expresamente previstos por el legislador."

3) "Dicho decreto [1022/2017] no puede tener efectos retroactivos y sólo puede estimarse operativo para siniestros acaecidos tras su sanción (art. 7 CCyC), pues repárese que en el caso de autos el infortunio ocurrió en el año 2016, tal como se determinó en origen y arriba firme a esta alzada."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia que haya alcanzado la parte resolutiva; los votos consignados adhieren al acuerdo que confirma la sentencia.

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