SOSA, FLORENCIA ALEJANDRA c/ PUNTO DOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Sosa promovió demanda por despido contra Punto Dos S.R.L., Ricardo Federico Mañe y Diego Luis García Vaamonde reclamando indemnizaciones y actualización del monto de condena. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y dispuso aplicar el artículo 55 de la ley 27.802 como mecanismo de actualización del capital condenado (con sujeción al principio non reformatio in pejus respecto de la única apelante), confirmó el resto de la sentencia, dejó sin efecto la imposición de costas y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
SOSA, FLORENCIA ALEJANDRA.
¿A quién se demanda?
PUNTO DOS S.R.L.; Ricardo Federico Mañe; Diego Luis García Vaamonde.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido y pretensiones indemnizatorias (differences salariales por encuadramiento, indemnizaciones especiales como art.45 Ley 25.345, art.132 bis LCT, actualización monetaria del monto de condena, sanción por temeridad, intereses y costas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al disponer la aplicación del art. 55 de la ley 27.802 como mecanismo de actualización del monto de condena (acrecentando desde 15/06/2020 hasta su efectivo pago conforme dicho artículo), siempre que tal aplicación no perjudique a la única apelante PUNTO DOS S.R.L.; confirmó la sentencia de origen en lo demás objetado en apelación; dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios efectuadas en primera instancia; impuso costas de primera instancia y de alzada a cargo de los demandados vencidos (PUNTO DOS S.R.L. y Ricardo Federico Mañe) y distribuyó las derivadas del rechazo de la acción contra Diego Luis García Vaamonde en el orden causado y las comunes por mitades; reguló honorarios en los porcentajes expresados (primera instancia y alzada) y aplicó las normas de notificaciones previstas por la ley 26.685 y Acordadas CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, corresponde modificar el mecanismo de actualización del capital nominal de condena determinado en grado y disponer que será acrecido desde que cada suma que lo compone es debida -15/06/2020- y hasta la de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55 transcripto, a cuyo efecto deberán realizarse las operaciones aritméticas necesarias en la oportunidad prevista en el art. 132 de la ley 18.345. Todo lo expuesto en este apartado será de aplicación, siempre y cuando no implique un perjuicio para la única apelante -PUNTO DOS S.R.L.-, de conformidad con el principio 'non reformatio in pejus'."
"Dicha pauta legal consiste, tal como surge del texto expreso de la norma, en la actualización del crédito en base a los siguientes criterios: '…a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo.'"
"A efectos de practicar las regulaciones de honorarios, se fijarán porcentajes sobre el monto de condena comprendido por el capital más los intereses...corresponde regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado, en forma conjunta, de la parte actora, de la codemandada PUNTO DOS S.R.L., del codemandado Ricardo Federico Mañe, del codemandado Diego Luis García Vaamonde y de la perito contadora en el 17%, 15%, 15%, 17% y 6%, respectivamente, sobre el monto total de condena -capital e intereses-."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; los votos presentados adhirieron al acuerdo que antecede.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 26.685Justicia
- Ley 18.345Organizacion y procedimiento
- Ley 25.345Prevencion de la evasion fiscal
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