BROWN MARIELA ALEJANDRA Y OTRO/A C/ MACHADO JOSE MARIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Las partes celebraron y solicitaron la homologación de un acuerdo transaccional en autos por daños y perjuicios automotores. El Tribunal homologó el acuerdo conforme al artículo 308 del CPCC y dispuso costas en la forma pactada, ordenando notificar por Secretaría y registro electrónico.
¿Quién es el actor?
BROWN MARIELA ALEJANDRA Y OTRO/A.
¿A quién se demanda?
MACHADO JOSE MARIA Y OTRO/A (también citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso por daños y perjuicios automotores (DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE).
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo transaccional suscripto por las partes y hacer lugar a lo pactado respecto de las costas; intimar a la parte demandada y citada en garantía a abonar las sumas consignadas según liquidación bajo apercibimiento de iniciar ejecución (arts. citados). Notifíquese por Secretaría y remítanse copias a los domicilios electrónicos consignados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: Que las partes han arribado al acuerdo transaccional que se expresa en la presentación electrónica a despacho, solicitando su homologación judicial por el Juzgado.-
Que representando dicha transacción una voluntad expresa de las partes, no apareciendo manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del mismo, y en virtud de los manifestado precedentemente y lo dispuesto por el art. 308 del CPCC; RESUELVO: 1º) Homologar el acuerdo transaccional al que han arribado las partes que da cuenta la presentación electrónica a despacho. 2°) Costas en la forma pactada. REGISTRESE.-"
"Atento lo que surge del informe del Actuario que antecede, intímase a la parte demandada y citada en garantia para que dentro del término de cinco días, abone las sumas consignadas precedentemente según liquidación, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución (art. 5 de la ley 11.594 y Resoluciones 100/96, 1242/06 en su art. 2º y concs.de la S.C.B.A.). Notifíquese por Secretaría.-"
"A la presentación electrónica PODER / CARTA PODER - PRESENTA (242000440030179816) efectuada por el letrado apoderado de la parte demandada, Dr. SORIA, MARTIN RUBEN, el día 27/10/2026 a las 09:01:42hs., donde acredita personería:
Agréguese y a mérito de la copia de testimonio de poder acompañdo, téngase al peticionante por presentado en el carácter invocado, por constituido el domicilio electrónico indicado y por cumplido con lo normado por el art. 48 del CPCC respecto de la presentación de fecha 4/09/2026.-"
"El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Unico, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
¿Cómo votaron los jueces?
No surge voto dividido ni disidencia; la parte resolutiva final consigna la homologación y las costas conforme al acuerdo.
Fechas relevantes: presentación del acuerdo 26/10/2026 09:53:15 hs.; presentación de poder 27/10/2026 09:01:42 hs.; referencia a presentación de fecha 4/09/2026.
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Leyes que cita
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