BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SOLOMON NUÑEZ DEL PRADO YERY S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ordinario de sumas de dinero y notificó pago en las actuaciones. El Tribunal tuvo por acreditado el pago, dio por concluidas las actuaciones, y ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes, agregando las constancias acompañadas y acreditando cumplimiento del art. 21 de la ley 6716.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Solomon Nuñez del Prado Yery.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ordinario de sumas de dinero (expediente MO-38705-2022-J).
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por presentada la manifestación electrónica que da cuenta del pago; se agregaron las constancias de pago; se consideró cumplimentada la previsión del art. 21 de la ley 6716 respecto de determinados profesionales; y se ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes dispuesta en autos. Las actuaciones se tuvieron por concluidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"TIénese presente el informe que antecede.-
A la presentación electrónica efectuada el día 22/10/2026 a las 14:27:49 hs (MANIFESTACION - FORMULA (231000440030155236), por el letrado apoderado de la parte actora, Dr. Pablo Leonardo Pisano, donde da cuenta de pago y solicita:
Téngase presente el pago denunciado y teniendo en cuenta que en las presentes actuaciones no se ha dictado sentencia, con la manifestación formulada, se tiene por concluídas las mismas. REGISTRESE.-
Agréguese las constancias de pago acompañadas y considerando la regulacion practicada en autos, tiénese por cumplimentado con las previsiones del art. 21 de la ley 6716 respecto de los Dres. BALDANI, ANA PAULA PISANO, PABLO LEONARDO SARACENO ESPARZA, SEBASTIAN RODRIGO SPAGONI, NATALIA ROMINA.-
De conformidad con lo solicitado, procedase al levantamiento de la inhibición general de bienes dispuesta en autos; a tal fin líbrense los instrumentos de estilo.-
NOTIFÍQUESE POR SECRETARÍA, remitiéndose copia digital de la presente providencia a los domicilios electrónicos de las respectivas partes que se detallan a continuación:
¿Quién es el actor?
20249073750@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
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Normas que cita
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 21
- Acordada 4013/2021 (S.c.b.a.)art. Anexo Único; art. 10
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