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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ALMIRON BRAIDA MARIA LAURA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro sumario por saldos impagos de tarjeta de crédito, varios préstamos (incluido Tu Auto en UVA) y convenio de refinanciación, por $251.643,57. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago del total reclamado más intereses, imponiéndole las costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-46845-2022
Intereses Costas Rebeldia Mora Tarjeta de credito Refinanciacion Banco provincia Prestamo bancario Uva Cobro sumario F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion | | cita --fin-citas--- | menciona Banco de la provincia de buenos aires c/ laborda Cc0103 lp 241141 rsd-86-3 s | Cc0201 lp 137282 231 s | Cc0102 mp 175331 251rs s | Walter gaston s/ cobro sumario sumas dinero | cam. 1? ap. cc la plata Sala ii | 2024-05-09 | c. 280.892 | Csjn | fallos 264:221 | csjn | Csjn | fallos 262:458 | csjn | Csjn | fallos 288:170 | csjn |

¿Quién es el actor?

Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

María Laura Almiron Braida, DNI 29.299.665.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero por saldos impagos correspondientes a tarjeta Mastercard ($29.754,17), préstamo bancario Nº 335-27237096 ($20.635,09), préstamo "Tu Auto" por 1.905,25 UVA (equivalente a $131.538,28 al momento del vencimiento) y convenio de refinanciación Nº 340-05658365 ($69.716,03), total $251.643,57, más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la demanda, condenando a María Laura Almiron Braida a abonar $251.643,57 dentro de diez días de notificada, con intereses desde las fechas de mora respectivas y con un tope (máximo) de una vez y media (150%) la tasa activa de descuento a 30 días que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As.; imponer las costas a la vencida; diferir regulación de honorarios al art. 51 ley 14.967.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se ha resuelto que: 'Quien emite la tarjeta de crédito administra cuentas en una suerte de intermediación financiera y si, como resultado de esa administración presenta el resumen y liquidación relacionado con el usuario de esta, y en la medida que no sean desconocidas dichas probanzas, no se requiere prueba corroborante a través de documentación respaldatoria. Resulta pues, suficiente el "resumen y la liquidación" toda vez que aquel ha sido el documento previsto contractualmente en la relación emisor-usuario para anoticiar y exigir el pago de lo debido' (CC0103 LP 241141 RSD-86-3 S 27/05/2003. Carátula: Carta Austral S.A. c/ Giménez Pereyra A. s/Cobro sumario)."

"La incontestación de la demanda por parte de la accionada, importó el incumplimiento de la carga impuesta por el art. 354 inc. 1º del CPCC, debiendo tomar como reconocida la autenticidad de la documentación acompañada por la entidad reclamante ... En la especie la actitud remisa de la Sra. Almiron Braida imposibilitó el escrutinio de autenticidad de las firmas que se le atribuyen, brindando jurídicamente marco adecuado y válido a la pretensión actora, lo cual habilita plenamente la posibilidad de dictar una condena en su contra, con pie y fundamento en las circunstancias y elementos probatorios del caso (cf. art. 354, 375 y conc. del CPCC)."

"Así las cosas, el reclamo al cobro de una cantidad de unidades de valor adquisitivo (UVA - Ley nacional 25.827) se trata de una deuda de valor, por lo que corresponde que la condena que ordene su pago se exprese en dicha medida y no en pesos (conf. CC0102 MP 175331 251RS S 22/09/2022, carátula: Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Díaz, Walter David s/ cobro ejecutivo")."

(Se consignan además los párrafos dispositivos finales:) "RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda ... abone ... la suma de $ 251.643,57 ... Los intereses se calcularán a la tasa pactada ... siempre y cuando su cálculo final no supere por todo concepto -tope máximo- una vez y media (150%) la tasa vencida que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones de descuento a 30 días en pesos ... 2) Imponer las costas a la accionada en su condición de vencida ... 3) Diferir la regulación de honorarios ..."

Leyes que cita

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