VILARDO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas que afectan la movilidad. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo del haber y pago de los retroactivos bajo las pautas del decisorio y diferió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la ejecución.
¿Quién es el actor?
VILARDO ANTONIO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC-, Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), aplicación de movilidad y planteos de inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241 y 24.463. Solicita además retroactivos desde el reclamo administrativo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles a partir de que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; se dispuso que las sumas a favor del actor se abonen íntegramente sin quita y que no podrán exceder los porcentajes permitidos por las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSES y se diferió la regulación de honorarios para ejecución conforme ley 27.423.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El actor reclama la re-determinación de la Prestación Básica Universal PBU-, Prestación Compensatoria -PC- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-, movilidad de su haber previsional y ciertas inconstitucionalidades de la normativa vigente."
"La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia del 11.11.2014..."
"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
(Se aclara que las inconstitucionalidades señaladas fueron en su mayoría rechazadas o diferidas por ser genéricas o abstractas, y que ciertos topes reglamentarios se declararon inaplicables cuando importen una merma confiscatoria superior al 15%, remitiéndose la liquidación concreta y la verificación de la confiscatoriedad a la etapa ejecutiva.)
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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