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Primera Instancia

SEGATORI JORGE HORACIO C/ SEBASTIAN GUSTAVO ECHEVERRIA Y ANTARTIDA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por un siniestro vial que provocó la rotura de la cortina metálica y puertas de vidrio de su local comercial. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al conductor y a su aseguradora a pagar $4.000.000 más intereses y costas, por considerada acreditada la responsabilidad objetiva del vehículo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-14526-2021
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Reparacion integral Costas Indemnizacion Aseguradora Danos materiales Interes compensatorio Prueba informativa

¿Quién es el actor?

SEGATORI JORGE HORACIO, titular del local comercial "DTM Automóviles" sito en Av. Presidente Perón 1102, Villa Sarmiento.

¿A quién se demanda?

SEBASTIAN GUSTAVO ECHEVERRIA (con citación en garantía a ANTARTIDA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios (daños materiales al local, lucro cesante y daño moral) por siniestro vial ocurrido el 27/01/2020 cuando el vehículo conducido por Echeverría impactó y derribó parte del frente del comercio.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda. Se condena a SEBASTIAN GUSTAVO ECHEVERRIA a abonar a SEGATORI JORGE HORACIO la suma de Pesos Cuatro Millones ($4.000.000.-) en concepto de indemnización por daños y perjuicios, con más los intereses establecidos; se hace extensiva la condena a ANTARTIDA Compañía de Seguros en su carácter de aseguradora conforme póliza; se imponen las costas a la parte accionada. Se difiere regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que teniendo en cuenta los argumentos vertidos en el Considerando II respecto a la falta de contestación de la demanda y los demás medios probatorios producidos en la causa tales como la prueba informativa dirigida a Templados Excelental con el objeto del reconocimiento de la factura acompañada a nombre del actor en relación al trabajo realizado en el local 'DTM Automóviles', tengo por acreditado que el día 27 de enero de 2020, aproximadamente a las 21:00 horas, el demandado Sebastián Gustavo Ferreira, al conducir el vehículo Fiat Palio Fire 1.4, dominio NWR-725, por Av. Presidente Perón de la localidad de Villa Sarmiento, partido de Morón, protagonizó un siniestro vial ... perdiendo el control del rodado, subiendo a la vereda y embistiendo con su parte delantera el frente del local comercial del actor 'DTM Automóviles', sito en Av. Presidente Perón N° 1102 de Villa Sarmiento."

"Es que, en el supuesto de daño causado por el riesgo o vicio de la cosa, reconocido o acreditado el hecho, resulta innecesario acudir al análisis de la conducta culposa del causante del daño; la parte demandada para liberarse total o parcialmente de la responsabilidad impuesta por la norma legal citada debe acreditar que el accionar de la víctima o de un tercero ha excluido o limitado esa responsabilidad."

"Por todo lo expuesto, deberá el demandado SEBASTIAN GUSTAVO ECHEVERRIA en orden a la responsabilidad objetiva prevista por la normativa citada, indemnizar los daños ocasionados y que jurídicamente deba resarcir (arts. 375, 384 y conc. del CPCC.; arts. 1716, 1722, 1729, 1731, 1737, 1753, 1757, 1758, 1769 y concs. del CCyC)."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia unipersonal (Juez Débora Elena Lelkes). No hubo mayoría/división que obstaculice el dispositivo.

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