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Primera Instancia

BRUNO MARTHA ELSA C/ INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL y otro/a S/ AMPARO

Amparo para garantizar la continuidad de la internación en residencia geriátrica y cobertura integral de prestaciones médicas. El Tribunal hizo lugar parcialmente al amparo: ordenó a IOMA la continuidad de la internación y la cobertura directa e integral al 100% conforme a su nomenclador, pero rechazó en el estado procesal el adicional del 35% por dependencia y condicionó ampliaciones futuras al trámite de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - MERCEDES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
54458
Ejecucion de sentencia Derecho a la salud Amparo Residencia geriatrica Continuidad de cobertura Ioma Salud de personas mayores Adicional 35% por dependencia Prestacion integral 100% Tutela de personas mayores.

¿Quién es el actor?

PATRICIA LILIANA LOZA, en representación de su madre MARTHA ELSA BRUNO, afiliada a IOMA.

¿A quién se demanda?

Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) y Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

continuidad de la internación de la Sra. Bruno en el Hogar VP Pavira S.R.L. con cobertura integral del 100% de prestaciones (honorarios médicos, estudios y prácticas de alta complejidad, tratamientos clínicos, farmacológicos, kinesiológicos, nutricionales, psicológicos y profesor de educación física), sin límites temporales, y adicional del 35% por dependencia.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al amparo. IOMA debe garantizar la continuidad de la internación con cobertura directa e integral del 100% conforme al nomenclador de aranceles que el propio organismo establece. No se reconoció, en el estado actual, el adicional del 35% por dependencia; la petición para tal adicional deberá tramitarse por la vía reglamentaria y, si corresponde, podrá discutirse en ejecución de sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se trata, pues, de asegurar la continuidad de una cobertura reconocida por el propio organismo. Este extremo resulta determinante para la solución del caso, pues la pretensión no procura obtener el reconocimiento inicial de una prestación hasta entonces ajena a la relación asistencial, sino mantener la continuidad de una internación que había sido expresamente autorizada por el Directorio del IOMA y cuya necesidad subsiste de acuerdo con las constancias médicas y asistenciales reseñadas."

"En consecuencia, corresponde admitir parcialmente la acción de amparo, con los alcances que se determinan seguidamente.

Dada la relación prestacional formalmente reconocida por el propio organismo, la subsistencia de las condiciones médicas y asistenciales que determinaron la internación y el riesgo que su interrupción representa para la salud y calidad de vida de la afiliada, corresponde hacer lugar a las prestaciones solicitadas y ordenar a IOMA que brinde continuidad a la internación de la señora Martha Elsa Bruno en el Hogar VP Pavira S.R.L., con cobertura directa e integral del 100% de honorarios médicos, estudios y prácticas de alta complejidad, tratamientos clínico, farmacológico, kinesiológico, nutricional y psicológico y provisión de profesor de educación física; con encuadre en el nomenclador de aranceles que la obra social establece."

¿Qué se resolvió?

"1°) Haciendo lugar parcialmente al presente amparo promovido por PATRICIA LILIANA LOZA, en representación de su madre, MARTHA ELSA BRUNO y ordenando al I.O.M.A., conforme la relación prestacional formalmente reconocida, que brinde la continuidad de la internación de la Sra. MARTHA ELSA BRUNO ... en el Hogar VP Pavira S.R.L., con cobertura directa e integral del 100% de honorarios médicos, estudios y prácticas de alta complejidad, tratamientos clínico, farmacológico, kinesiológico, nutricional, psicológico y provisión de profesor de educación física, con encuadre en el nomenclador de aranceles que la obra social establece; desestimando, en el estado actual de las actuaciones, el reconocimiento del adicional del 35% por dependencia, sin perjuicio de que pueda ser articulado, una vez cumplidos los recaudos técnicos exigidos por la reglamentación aplicable y producida la prueba pertinente, en el marco de la ejecución de sentencia; ... 2°) Imponiendo las costas a la demandada Instituto de Obra Médico Asistencial -I.O.M.A.- ..."

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