MAIER, ALENA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de ALENA MAIER: el Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 4 declaró a la peticionante ciudadana argentina, condicionando la extensión del título a la promesa de fidelidad y al cumplimiento de la obligación de enrolamiento; se advirtió la posibilidad de cancelación por fraude u ocultamiento según art. 15 del Decreto 3213/84.
¿Quién es el actor?
ALENA MAIER, solicitante de carta de ciudadanía.
¿A quién se demanda?
Estado argentino (proceso de otorgamiento de ciudadanía tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal 4; intervención del Ministerio Público Fiscal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de carta de ciudadanía argentina (incorporación de extranjera a la ciudadanía).
¿Qué se resolvió?
Se declara ciudadana argentina a ALENA MAIER, D.N.I. Nº 96.473.518; se extenderá el título respectivo siempre que preste juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; se le advierte la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la posibilidad de cancelación de la ciudadanía si con posterioridad se conociera algún impedimento legal conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenaron las comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina."
"Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 2/09/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fecha 21/11/2024, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a ALENA MAIER, D.N.I. Nº 96.473.518, ... siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el expediente.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
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