JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MARTINEZ MELO, DONIERSY DEL CARMEN s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por Doniersy del Carmen Martinez Melo. El Juzgado federal declaró admisible y hizo lugar a la petición, resolviendo declarar ciudadana argentina a la peticionante y ordenando las comunicaciones administrativas pertinentes, condicionando la expedición del título al juramento de fidelidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 4- SECRETARIA Nº 7
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 002750/2025
Registro nacional de las personas Carta de ciudadania Ciudadania Direccion nacional de migraciones Ministerio de relaciones exteriores Incorporacion Enrolamiento Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad

¿Quién es el actor?

DONIERSY DEL CARMEN MARTINEZ MELO, peticionante de carta de ciudadanía.

¿A quién se demanda?

Solicitud dirigida ante el Juzgado (actuación administrativa-judicial para incorporación a la ciudadanía); intervino el Ministerio Público Fiscal. (No se individualiza otra parte demandada en el texto.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de carta de ciudadanía argentina (incorporación a la ciudadanía argentina conforme a la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a DONIERSY DEL CARMEN MARTINEZ MELO, DNI 95.727.865, nacida el 4/8/1990 en Caracas (Venezuela); se ordenó extenderle el título respectivo condicionado a que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; se la instruyó sobre la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y sobre la posible cancelación de la ciudadanía conforme al art. 15 del Decreto 3213/84 en caso de ocultamiento o fraude; asimismo se comunicaron las Oficinas administrativas correspondientes y se libró oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores para que informe al país de origen. Se notificó al Sr. Fiscal Federal y archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina."

"Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 14/09/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fecha 12/03/2025, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a DONIERSY DEL CARMEN MARTINEZ MELO, D.N.I. Nº 95.727.865, nacida el 4 de agosto de 1990, en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, hija de José Daniel MARTINEZ NAVAS (padre) y de Daraisi María MELO de MARTINEZ (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."

(No hay votos en disidencia en la sentencia.)

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.