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Primera Instancia

GIRALDEZ, HECTOR OSVALDO Y OTRO c/ AVANTRIP COM SRL Y OTRO s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Los actores reclamaron cumplimiento de contrato contra AVANTRIP.COM S.R.L. por suma adeudada. El Juzgado aclaró un error material en la regulación de honorarios y ordenó intimar a la codemandada a pagar $13.782,30 en cinco días bajo apercibimiento de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10- SECRETARIA Nº 20
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
COM 021772/2022
Honorarios Cumplimiento de contrato Ejecucion Providencia Intimacion de pago 30 Juzgado civil y comercial federal Correccion de errata Avantrip.com s.r.l. Monto $13.782 Pago via mep.

¿Quién es el actor?

GIRALDEZ, HECTOR OSVALDO Y OTRO.

¿A quién se demanda?

AVANTRIP.COM S.R.L. (codemandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de contrato; ejecución/recupero de suma dineraria reclamada en autos.

¿Qué se resolvió?

Se corrigió una errata en la providencia del 11/11/25 respecto del profesional al que se regulan honorarios, debiendo leerse Juan Pablo Tarrazo en lugar de Guido Ezequiel Borghetti; y, previa consideración de lo ofrecido por la demandada sobre voluntad de pago y por tratarse de monto escueto, se intimó a AVANTRIP.COM S.R.L. a depositar en la cuenta de autos o pagar vía MEP la suma de $13.782,30 en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiéndose advertido que en la providencia de fecha 11/11/25 se ha deslizado un error material, aclárese la misma de forma tal que donde dice: “...regulo los honorarios del Dr. GUIDO EZEQUIEL BORGHETTI -patrocinante de la actora-...”, debe leerse “...regulo los honorarios del Dr. JUAN PABLO TARRAZO -patrocinante de la actora-". Notifíquese por Secretaría junto con la regulación de fecha 28/10/26."

"Téngase presente lo solicitado, y en atención a lo requerido por la demandada con fecha 29/09/26 lo que demostraría voluntad de pago, y teniendo en cuenta el escueto monto involucrado, previamente y a los fines de evitar un dispendio jurisdiccional, intímese a la codemandada AVANTRIP.COM S.R.L. para que en el plazo de cinco días deposite en la cuenta de autos o pague vía MEP la suma de $13.782,30 bajo apercibimiento de ejecución."

No hubo votos en disidencia consignados en la providencia.

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