JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BARROS HOLTZ PELLUCI, SYLVIA HELENA c/ MARANSI SA CASA DEL AUDIO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora demandó por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la garantía de un televisor Noblex y reclamó reintegro de la reparación, daño moral y daño punitivo. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó solidariamente a Maransi S.A. y Newsan S.A. al pago de $719.000 más intereses y costas, rechazando la multa civil solicitada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL 64 - SECRETARIA Nº 94
Fuero
NACIONAL EN LO CIVIL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 068613/2021
Dano moral Intereses Costas Reparacion Responsabilidad solidaria Defensa del consumidor Garantia legal Uma Multa civil (art. 52 bis) Televisor noblex

¿Quién es el actor?

Sylvia Helena Barros Holtz Pelluci.

¿A quién se demanda?

Maransi S.A. (vendedora) y Newsan S.A. (continuadora de Noblex Argentina S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños y perjuicios por falla de un televisor Smart Noblex EA50X6100 adquirido el 11/8/2018; reclamo de $19.000 por reparación, daño moral ($700.000 fijado por el tribunal), daño punitivo ($481.000 reclamados) e intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó solidariamente a Maransi S.A. y a Newsan S.A., como continuadora de Noblex Argentina S.A., a pagar a la actora la suma de $719.000 dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, con más los intereses fijados en el punto 14; se impusieron las costas a las demandadas vencidas; se rechazó la petición de multa civil (daño punitivo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La adquisición de un televisor para su uso como destinataria final configura una relación de consumo... Por lo tanto, el caso queda comprendido en esa ley y en los artículos 1092 a 1095 del Código Civil y Comercial, todo bajo la protección del artículo 42 de la Constitución Nacional."

"De este modo, Maransi S.A., como vendedora, y Newsan S.A., como continuadora de la fabricante Noblex Argentina S.A., son obligadas frente a la consumidora demandante... La solidaridad permite reclamar a cualquiera de ellas el cumplimiento íntegro, sin perjuicio de las acciones de regreso que correspondan entre las empresas."

"Todos esos antecedentes me permiten tener por acreditado el gasto conforme a las reglas de la sana crítica. Por lo tanto, admito esta partida por $19.000."

"Con ese alcance, otorgaré una suma a valores de esta sentencia que permita acceder a actividades de esparcimiento y descanso ... En uso de las facultades que me confiere el artículo 165 del Código Procesal, fijo la indemnización por daño moral en $700.000."

"En las circunstancias de este caso no encuentro probado ese presupuesto adicional... No tengo pruebas suficientes para imponer una multa civil, la cual solo resulta procedente en supuestos de particular gravedad o casos excepcionales."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en esta sentencia de primera instancia.

Normas que cita

  • Ley 24.240arts. 11, 12, 13, 52 bis, 1, 2 · Defensa del consumidor
  • CCyCNarts. 1092, 1093, 1094, 1095, 1722, 1723, 1726, 1727, 1729, 1734, 1737, 1738, 1739, 1740, 1741, 1744, 1748, 772 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CParts. 356, 377, 386, 477, 165, 68, 730 · Codigo penal
  • Ley 27.423arts. 19, 24, 51, 54 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución 2622/2026 (Corte Suprema)

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.