VOLPE MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Peticionante solicita tramitación de sucesión ab-intestato y radicación ante el Juzgado Civil y Comercial Nº7. El Tribunal rechazó la radicación efectuada por la Receptoría General de Expedientes Departamental y ordenó remitir los obrados al Juzgado Nº7, notificando conforme art. 10 del Reglamento para presentaciones y notificaciones electrónicas.
¿Quién es el actor?
VOLPE MARIA (peticionante en las actuaciones sobre sucesión ab-intestato).
¿A quién se demanda?
Receptoría General de Expedientes Departamental (radicación cuestionada) y, de hecho, se dispone la remisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 del Departamental.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Tramitación de las presentes actuaciones por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº7 Departamental, en atención a que allí se tramitan autos caratulados "POLLIO LUIS S/SUCESION AB INTESTATO" y existe una declaratoria de herederos cuya copia se acompaña.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la radicación efectuada por la Receptoría General de Expedientes Departamental y, previo conocimiento, se remitieron los obrados al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 del Departamental; se ordenó registro y notificación por Secretaría conforme art. 10 del Reglamento sobre presentaciones y notificaciones electrónicas (Ac. 4013/2021 S.C.B.A.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta que el peticionante solicita la tramitación de las presentes actuaciones por ante el Juzgado Civil y Comercial N°7 Departamental, atento tramitar allí los autos caratulados 'POLLIO LUIS S/SUCESION AB INTESTATO' y de conformidad con lo que resulta de la declaratoria de herederos allí dictada cuya copia se adjunta en formato P.D.F al escrito a despacho, RESUELVO: Rechazar la radicación efectuada por la Receptoría General de Expedientes Departamental y, previo conocimiento de la misma, remitir los presentes obrados al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 del Departamental. REGISTRESE.-
NOTIFÍQUESE POR SECRETARÍA, remitiéndose copia digital de la presente providencia a los domicilios electrónicos de las respectivas partes que se detallan a continuación:
R.G.E. Deptal: RECEPTORIA-MO@JUSBUENOSAIRES.GOV.AR
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A..-"
(Votos en disidencia: no consta disidencia en el bloque resolutivo provisto.)
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