JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ANDRADE ARGENTINA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Trámite sucesorio abintestato por el fallecimiento de Argentina Andrade para determinar herederos. El Tribunal declaró que, por derecho, suceden como herederos universales los hijos Roberto Gustavo Arrieta y Andrade y Marie France Onabebere y Andrade, con base en partidas y edicto con resultado negativo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
14757-2026
Declaracion de herederos Partidas de nacimiento Sucesion ab-intestato Certificado de defuncion Herederos universales Arts. 735 y 737 cpcc Registro sucesorio Edicto (art. 734 cpcc) Art. 2424 ccycn Art. 2426 ccycn

¿Quién es el actor?

Los interesados en la sucesión (constan como solicitantes aunque no se individualiza presentación específica), identificados como hijos del causante: Roberto Gustavo Arrieta y Andrade y Marie France Onabebere y Andrade.

¿A quién se demanda?

La causante Argentina Andrade (fallecida) — trámite sucesorio ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de Argentina Andrade en sucesión ab-intestato.

¿Qué se resolvió?

Se declaró, en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Argentina Andrade le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Roberto Gustavo Arrieta y Andrade y Marie France Onabebere y Andrade. Regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I: que con el certificado de defunción digitalizado a fs. 1 se acredita el fallecimiento de ARGENTINA ANDRADE ocurrido el día 16 de febrero de 2026 quien era de estado civil viuda de JUAN PEDRO ONABEHERE quien falleciera el día 20 de junio de 2007 (fs. 22).-

II: que con la partida digitalizada a fs. 1 se acredita el matrimonio del causante con su cónyuge ocurrido el día 27 de junio de 1996.-

III: que con las partidas digitalizadas a fs. 1 se acredita el nacimiento de ROBERTO GUSTAVO el 17 de marzo de 1954, hijo de la causante y de Roberto Pedro Arrieta, y el nacimiento de MARIE FRANCE (fs. 1) el 16 de julio de 1967, hija de la causante y de Juan Pedro Onabehere.-

IV: que con el diario agregado a fs. 27 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo.-

Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts.735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ARGENTINA ANDRADE le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ROBERTO GUSTAVO ARRIETA Y ANDRADE y MARIE FRANCE ONABEBERE Y ANDRADE. REGISTRESE.-"

(No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos en el texto provisto.)

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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