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Tribunal Superior

PÉREZ MIGUEL ÁNGEL C/ ASOCIART S.A. A.R.T. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la A.R.T. reclamando indemnización por secuelas incapacitantes. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997 y determinó la incompetencia del tribunal de grado en este estado, disponiendo remitir los autos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-139476
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Ley provincial 14.997 A.r.t. Accidente de trabajo Incompetencia Remision de autos Costas Reintegro de deposito (art. 280 cpcc) Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Pérez.

¿A quién se demanda?

Asociart S.A. A.R.T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de una indemnización por las secuelas incapacitantes alegadas derivadas de un accidente de trabajo (acción especial iniciada el 6/3/2019).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, revocó el pronunciamiento de grado que había declarado la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997 y, en consecuencia, determinó la incompetencia del tribunal de origen en este estado para entender en los autos y ordenó remitirlos. Imputó costas en el orden causado y ordenó reintegrar a la recurrente el depósito efectuado conforme art. 280 CPCC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso prospera.

Esta Suprema Corte ha sentado criterio en relación a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), al decidir -entre muchas otras- las causas L. 121.939, 'Marchetti' (sent. de 13-V-2020); L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo' (ambas sents. de 28-V-2020), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.).

Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de origen para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos.

Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC).

El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

La parte resolutiva final constituye la decisión de la mayoría; no constan votos en disidencia en el bloque dispositivo aportado.

Normas que cita

  • Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 27.348arts. 1, 2, 3, 4 · Riesgos del trabajo
  • Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289, 293, 280
  • Acordada 3.971/20 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 acápite 3 "c"
  • Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

  • MarchettiSCBA · 13/05/2020
  • SzakacsSCBA · 28/05/2020
  • DelgadilloSCBA · 28/05/2020

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