JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

LUNA JULIA PAMELA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD - SEGURIDAD PROVINCIAL. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.

Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) contra el Ministerio de Seguridad provincial. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional, en el caso, la aplicación del DNU 669/2019 y revocó la sentencia para que el tribunal de origen dicte nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-133347
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Revision resolucion comision medica Ley 15.057 Reformatio in pejus Remision al tribunal de origen Costas por orden Suprema corte (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Luna Julia Pamela.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad - Seguridad Provincial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057; se impugna la aplicación, por la instancia de origen, de las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, y declaró la inconstitucionalidad de dicho DNU "en el caso". Remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de la instancia se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y al modo en que se resuelve (arts. 68 segundo párrafo y 289, CPCC)."

Asimismo, el voto de la mayoría remite a precedentes del tribunal: "Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (...) a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

¿Cómo votaron los jueces?

"A tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026), acompaño lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación." (Dr. Soria).

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.