VERA FERNANDO MIGUEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.
Acción de revisión de resolución de Comisión Médica por secuelas incapacitantes derivadas de accidente de trabajo; se cuestionó además la aplicación del DNU 669/2019 como mecanismo de actualización. La Corte declaró procedente parcialmente el recurso extraordinario, revocó la aplicación del DNU 669/2019 por inconstitucional en el caso y confirmó la inadmisibilidad del agravio relativo al porcentaje de incapacidad.
¿Quién es el actor?
Fernando Miguel Vera.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución de la Comisión Médica jurisdiccional y condena al pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14, apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557 y la compensación adicional del art. 3 ley 26.673 por secuelas incapacitantes; impugnación además de la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 como mecanismo de actualización y discusión del porcentaje de incapacidad (2,34%).
¿Qué se resolvió?
El recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley fue rechazado respecto del agravio sobre el porcentaje de incapacidad (inadmisible) y declarado procedente respecto del cuestionamiento a la aplicación del DNU 669/2019; en consecuencia se revoca la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, cuya inconstitucionalidad se declara en el caso. Se remiten las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus. Las costas se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En ese contexto, y alterando el orden de tratamiento de los agravios por razones de método, cabe puntualizar que el dirigido a cuestionar el porcentaje de incapacidad, luce inadmisible. Ello así, pues, dejando de lado que la objeción se refiere a típicas cuestiones de hecho y prueba, marginadas de la revisión por conducto de la excepción examinada, en su desarrollo la compareciente omite citar como transgredida doctrina legal alguna de esta Suprema Corte, presupuesto esencial e inicial para pretender la revisión de lo resuelto en el estrecho marco por el que transita el recurso (causas L. 128.016, "Montecinos", resol. de 1-IV-2022; L. 129.061, "Roldán", resol de 20-IX-2024; L. 132.728, "Fabbro", resol. de 13-III-2025 y L. 135.302, "Bonardi", resol. de 2-III-2025; e. o.).
En otro orden, el embate vinculado con la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 halla adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, "Muzychuk" (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, "Chocobar", sent. de 13-III-2026; L. 127.690, "Ovejero", sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, "Paszkiewich", sent. de 23-VI-2026"; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."
Y el dispositivo final:
"Rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído con relación al agravio tratado en el punto III.2, en atención a que no reúne los requisitos esenciales (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.), y declararlo procedente respecto del abordado en el punto III.3, debiéndose en consecuencia revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución surge del acuerdo de la Sala (Torres, Kogan, Kohan) con adhesión del Dr. Soria; no se registra disidencia que modifique el dispositivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.557art. 14 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.673art. 3 · Inmuebles
- DNU 669/2019
- Constitución Nacionalarts. 75 inc. 19, 99 inc. 3 · Constitucion nacional
- Resolución 1.039/19 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
- Resolución 332/23 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 82
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289
- Resolución 1.840/2024 (Provincia De Buenos Aires)
Fallos que cita
- TestoneSCBA · 20/09/2024
- SánchezSCBA · 29/05/2025
- CardozoSCBA · 02/10/2025
- TevezSCBA · 30/11/2020
- MontenegroSCBA · 26/02/2024
- ZorrillaSCBA · 30/09/2025
- MontecinosSCBA · 01/04/2022
- RoldánSCBA · 20/09/2024
- FabbroSCBA · 13/03/2025
- BonardiSCBA · 02/03/2025
- Lo NanoSCBA · 20/09/2023
- DelapiazaSCBA · 29/07/2024
- MuzychukSCBA · 14/07/2025
- ChocobarSCBA · 13/03/2026
- OvejeroSCBA · 26/05/2026
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.