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Tribunal Superior

ANQUIERI JORGE LUIS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la ley 15.057 impugnando la aplicación del DNU 669/2019. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso y remitió autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-133308
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accion de revision Comision medica jurisdiccional Ley 15.057 Reformatio in pejus Suprema corte Remision a tribunal de origen

¿Quién es el actor?

Anquieri Jorge Luis.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la ley 15.057, impugnando la aplicación de las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia apelada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019 y declaró su inconstitucionalidad en el caso; ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando la prohibición de reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas se imponen por su orden. Registro: 18/09/2026, RR-1952-2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."

"RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo resultó integrado por los Dres. Torres, Kogan y Budiño (voto principal referido a precedentes citados) y el Dr. Soria acompañó la decisión, expresando reserva respecto de su opinión en la causa Ovejero pero adhiriendo a lo resuelto por sus colegas.

Normas que cita

Fallos que cita

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