TANFERNA DANIEL CÉSAR EDUARDO C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 14.997.
Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por aplicación del DNU 669/2019 en reclamo laboral por comisión médica jurisdiccional. La Corte hizo lugar al recurso, declaró inconstitucional en el caso las prescripciones del DNU 669/2019 y revocó la sentencia que las había aplicado, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Tanferna Daniel César Eduardo.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra decisión de Comisión Médica Jurisdiccional (procesal laboral/seguros de riesgos del trabajo) con cuestionamiento de la aplicación de las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019 y declaró la inconstitucionalidad de dichas prescripciones en el caso; remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y resguardando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de esta instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."
"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."
Además, constan adhesiones y reservas: el señor Juez Soria acompaña lo resuelto por sus colegas "a tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026)".
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289
Fallos que cita
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