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Tribunal Superior

BRITO OSVALDO DAVID C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.

El actor promovió acción de revisión contra resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en materia de Ley 15.057 reclamando la inaplicabilidad del DNU 669/2019. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 en el caso y revocó la sentencia impugnada ordenando remitir autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-134382
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Ley 15.057 Revision comision medica jurisdiccional Reformatio in pejus Remision al tribunal de origen Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires).

¿Quién es el actor?

Brito Osvaldo David.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057; se cuestionó la aplicación y validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, declarando la inconstitucionalidad del mismo en el caso. Ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y resguardando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Impuso las costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Texto transcripto (extractos relevantes de la sentencia, lenguaje original):

"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."

Observaciones sobre votos: Los jueces Torres, Kogan y Kohan integran el voto que resuelve; el juez Soria expresa adhesión conforme lo previsto en el art. 31 bis, tercer párrafo, acompañando lo resuelto por sus colegas.

Normas que cita

Fallos que cita

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