ESCOBAR JUAN MARCELO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.
Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la aplicación del DNU 669/2019 en una acción de revisión de resolución de comisión médica. La Corte hizo lugar al recurso, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso y remitió las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento preservando la prohibición de reformatio in pejus.
¿Quién es el actor?
Escobar Juan Marcelo.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional (Ley 15.057) y, en la instancia, planteos contra la aplicación y validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, declarando su inconstitucionalidad "en el caso". Remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar los restantes cuestionamientos traídos."
Dispositivo final (mayoría):
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de los jueces Torres, Kogan y Kohan forma el pronunciamiento que el acuerdo recoge; el juez Soria adhiere expresando acompañamiento a lo resuelto, por lo que la resolución es de la mayoría del Tribunal y no consta disidencia que afecte el dispositivo.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1
- Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3.971/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 15.057 de Buenos Aires
Fallos que cita
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