CORONEL JORGE DAVID C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE.
El actor promovió demanda por enfermedad/accidente contra Galeno A.R.T. solicitando prestaciones derivadas de la cobertura por accidente/enfermedad profesional. La Suprema Corte de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/19 en el caso y remitió los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Coronel Jorge David.
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por enfermedad/accidente (prestaciones/efectos derivados de la cobertura por enfermedad o accidente laboral) — constan en el carátula "S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE".
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, cuya inconstitucionalidad se declaró en el caso. Los autos se remitieron al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de esta instancia se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/19, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar los restantes cuestionamientos traídos."
Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria):
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/19, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución fue suscripta por las Juezas Kogan y Budiño y el Juez Torres; el Juez Soria expresó su voto acompañando lo resuelto por sus colegas y señaló que deja a salvo su opinión expuesta en la causa L. 128.977, "Chocobar".
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Normas que cita
- Decreto 669/19
- Ley 5827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
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