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Tribunal Superior

CUARTUCCI ANNABELLA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.

Reclamo por accidente in itinere contra el Fisco provincial por Cuartucci Annabella. La Corte provincial hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la sentencia impugnada por haber aplicado el DNU 669/2019, declarando su inconstitucionalidad en el caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-132638
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accidente in itinere Fisco provincia de buenos aires Suprema corte de justicia Remision para nuevo pronunciamiento Costas por su orden Art. 31 bis ley 5.827.

¿Quién es el actor?

Cuartucci Annabella.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente in itinere (acción en materia laboral contra el Fisco provincial).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, declarando la inconstitucionalidad de dicho decreto en el caso. Ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de la instancia se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/19, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar los restantes cuestionamientos traídos."

Por su parte, respecto a adhesiones y votación:

"A tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026), acompaño lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación." (voto del Dr. Soria, que acompaña la decisión)

Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria):

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.

Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."

Normas que cita

  • Decreto 669/19 (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

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