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Tribunal Superior

RODRÍGUEZ BRIAN EXEQUIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional contra la ART por aplicación del DNU 669/2019. La Suprema Corte declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso, hizo lugar al recurso extraordinario y remitió los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-131993
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accion de revision Comision medica jurisdiccional Riesgos del trabajo Art. 31 bis ley 5.827 Costas Remision al tribunal de origen.

¿Quién es el actor?

Rodríguez Brian Exequiel.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en materia de riesgos del trabajo; cuestionamiento de la aplicación de las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se declaró la inconstitucionalidad —en el caso— del DNU 669/2019 en cuanto fue aplicado; se revocó la sentencia impugnada en ese punto y se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas en esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley dirigidos a cuestionar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar los restantes cuestionamientos traídos."

¿Cómo votaron los jueces?

"A tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026), acompaño lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación."

Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria):

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.

Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."

Normas que cita

  • Decreto 669/2019
  • Ley 5827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289
  • Resolución 10/20 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 921/21 (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 3971/20 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 15.057 de Buenos Aires

Fallos que cita

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