MENDIETA JOSÉ MIGUEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 15.057.
El actor promovió acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional contra Provincia ART S.A. por aplicación del DNU 669/2019. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso y remitió las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Mendieta José Miguel.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057 y cuestionamiento de la aplicación y validez constitucional del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, declarando su inconstitucionalidad en el caso; se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley dirigidos a cuestionar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar los restantes cuestionamientos traído."
Bloque dispositivo final (decisión de la mayoría):
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión surge del acuerdo mayoritario (votos de las juezas y jueces que preceden en la firma). El señor Juez Soria expresó adhesión acompañando lo resuelto por sus colegas, dejando constancia de su opinión manifestada en la causa L. 128.977.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Constitución NacionalConstitucion nacional
- Ley 15.057 de Buenos Aires
Fallos que cita
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