PALACIOS HORACIO DAMIÁN C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.
Acción especial por accidente de trabajo impugnando la aplicación del plazo de caducidad previsto en el art. 2 inc. j) de la ley 15.057. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad, declaró inconstitucional dicho plazo en el caso y revocó la sentencia impugnada, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
PALACIOS HORACIO DAMIÁN.
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo y, en la vía extraordinaria, impugnación de la aplicación del plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 por considerarlo inconstitucional en el caso.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y, en consecuencia, se revocó la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057, declarando la inconstitucionalidad de dicho precepto en el caso. Se remitieron los autos al tribunal de origen para que prosiga el trámite según su estado. Las costas se impusieron por su orden (arts. 68 2º párr. y 303 CPCC). Registro RR-301-2026, registrado el 06/04/2026.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte actora, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."
"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 303, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final (bloque dispositivo) dispone la declaración de inconstitucionalidad y la revocación de la sentencia impugnada; el tribunal remitió además a la sentencia de la causa "Magliano" (L. 131.700) como fundamento. Firmado por los vocales indicados; la decisión que vale es la que contiene el bloque dispositivo transcripto.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 303
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
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