JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

LUDUEÑA, LORNA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y declaró inconstitucional, en el caso, el plazo de caducidad previsto en el art. 2 inc. j de la ley 15.057, revocando la sentencia recurrida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-137310
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Caducidad Ley 15.057 Art. 2 inciso j Accidente de trabajo Accion especial Suprema corte de justicia Revocatoria Costas por orden

¿Quién es el actor?

Lorna Ludueña.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Cultura y Educación Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial derivada de un accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad, revocándose la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad previsto en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057, y declarándose la inconstitucionalidad de dicho plazo en el caso; los autos se remitieron al tribunal de origen para que prosiga el trámite conforme su estado. Se impusieron las costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte actora, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."

"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 303, CPCC)."

(Voto mayoritario: el bloque dispositivo final citado precede y determina la decisión de la Corte. No surgen del texto votos en disidencia expresados; la sentencia remite a la doctrina y fundamentos de causa 'Magliano' para sustentar la decisión.)

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.