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Tribunal Superior

OVEJERO JUAN RAMÓN C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 14.997.

Recurso extraordinario por inaplicabilidad de ley contra decisión de Comisión Médica jurisdiccional que aplicó plazo de caducidad de la ley 15.057. La Suprema Corte hizo lugar al recurso, revocó la sentencia que declaró aplicable el art. 2 inc. j de la ley 15.057 y declaró su inconstitucionalidad en el caso, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-131596
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Inconstitucionalidad Caducidad Art. 2 inc. j ley 15.057 Comision medica jurisdiccional Derecho laboral Art Costas por orden Suprema corte (provincia de buenos aires).

¿Quién es el actor?

OVEJERO JUAN RAMÓN.

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra decisión de la Comisión Médica jurisdiccional/ sentencia que consideró aplicable el plazo de caducidad previsto en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 (causa por trámite conforme Ley 14.997).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 y declaró su inconstitucionalidad en el caso; remitió los autos al tribunal de origen para que prosiga el trámite de las actuaciones según su estado. Las costas de la instancia se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Texto reproducido de la sentencia (párrafos relevantes):

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte actora hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."

"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."

Observación sobre mayorías y fuentes: la parte dispositiva final del acuerdo (bloque RESUELVE) es la que determina la decisión de la mayoría del tribunal; la sentencia remite además a la causa "Magliano" (L. 131.700, sent. 19-IX-2025) para los fundamentos extensos.

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
  • Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)arts. 31 bis, tercer párrafo
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68 segundo párrafo, 289
  • Acordada 3.971/20 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 acápite 3 "c"
  • Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 14.997 de Buenos Aires

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