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Tribunal Superior

Massin, Ivan Gabriel Valentín contra federación Patronal seguros S.A. sobre Accidnete in itinere.

El actor demandó a la aseguradora por diferencia de prestación por incapacidad parcial y permanente derivada de accidente in itinere. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad deducido por la demandada y, por tanto, confirmó la solución de origen que declaró inconstitucional el tope indemnizatorio y condenó a la aseguradora a abonar la suma líquida decretada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119449
Riesgos del trabajo In itinere Inconstitucionalidad Tope indemnizatorio Art. 14 ley 24.557 Intereses moratorios (tasa pasiva bip) Ingreso base mensual ($10.603) Monto indemnizatorio ($349.296 62 Liquido $325.046 Recurso extraordinario Rechazo.

¿Quién es el actor?

Iván Gabriel Valentín Massin.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencia de prestación por incapacidad parcial y permanente derivada de accidente in itinere ocurrido el 14 de junio de 2009.

¿Qué se resolvió?

por mayoría la Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, confirmando en lo esencial el pronunciamiento de grado que declaró la inconstitucionalidad del tope indemnizatorio previsto en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557 en las circunstancias del caso y condenó a Federación Patronal a pagar la suma liquidada en origen (importe líquido de $325.046,62), con costas. Sentencia del 29 de noviembre de 2017.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tras considerar demostrado -con el recibo de sueldo acompañado a fs. 19- que el importe del ingreso base mensual al momento del infortunio ascendía a la suma de $10.603 (v. vered., pto. 3, fs. 147 vta.), determinó el valor de la prestación dineraria debida al actor según el método de cálculo contemplado en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557, arribando a la suma de $349.296,62 (v. sent., fs. 151). Al exceder dicho monto el tope impuesto por el segundo párrafo del mismo precepto legal ($180.000), se abocó al análisis del planteo de inconstitucionalidad formulado por la parte actora..."

"Concluyó que la limitación establecida por el art. 14 apartado 2 de la ley 24.557 traducía en el caso una sustancial disminución del importe indemnizatorio que le hubiese correspondido al trabajador según la remuneración realmente percibida, mermando su nivel de ganancia, circunstancia que patentizaba la desnaturalización del derecho que la disposición impugnada intenta resguardar y, por ende, la falta de adecuación de esa norma a los fines que debía y declamó consagrar (v. fs. 152)."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría de fundamentos, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído; con costas (art. 289, CPCC)."

Observaciones sobre votos: la decisión es la del bloque dispositivo final (rechazo del recurso) adoptada por mayoría; los votos individuales (Negri, Pettigiani, de Lázzari, Soria y Genoud) fundamentaron el rechazo y explicaron adhesiones particulares respecto de la valoración probatoria, la declaración de inconstitucionalidad del tope y la aplicación de la tasa de interés pasiva BIP.

Leyes que cita

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