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Tribunal Superior

ACOSTA, LEANDRO YAMIL S/ QUEJA EN CAUSA N° 102.347 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA I.-

Leandro Yamil Acosta interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por la supuesta errónea subsunción de su conducta bajo la agravante de alevosía y por la violación del in dubio pro reo respecto de la autoría en la muerte de Miryam Kowalczuck. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso, concluyendo que no se acreditó arbitrariedad ni vicio en la valoración probatoria ni en la subsunción legal realizada por el Tribunal de Casación Penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-135764
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Homicidio con alevosia In dubio pro reo Autoria Coautoria vs participacion secundaria Valoracion probatoria Arbitrariedad Pericia adn Suprema corte de la provincia de buenos aires Nota: la presente sintesis respeta el bloque dispositivo mayoritario y los fundamentos reproducidos por la sentencia definitiva del tribunal.

¿Quién es el actor?

Leandro Yamil Acosta, por intermedio de su defensor oficial adjunto, Dr. José María Hernández.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Casación Penal, Sala I (resolución de 2-III-2021 que rechazó su recurso de la especialidad y confirmó condena).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se articuló recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la decisión del Tribunal de Casación Penal denunciando: (i) errónea aplicación del art. 80 inc. 2 del Código Penal por haber calificado como homicidio con alevosía la muerte de Ricardo Klein y vulneración del principio in dubio pro reo; (ii) arbitrariedad e infracción del principio de inocencia e in dubio pro reo en la atribución de la autoría del homicidio de Miryam Kowalczuck (la Casación confirmó autoría de Acosta y modificó la participación de Karen Klein, reasignándole participación secundaria).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa de Acosta, con costas, por no haberse demostrado los supuestos de arbitrariedad o violación de garantías constitucionales invocadas. Votos coincidentes de los Dres. Soria, Genoud, Torres y la Dra. Kogan.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"V.1. Las críticas relativas a la errónea aplicación de la ley sustantiva respecto a la configuración del homicidio alevoso en los términos del art. 80 inc. 2 del Código Penal, trasuntan, en rigor de verdad, cuestionamientos a la ponderación y al grado de convicción alcanzado por el sentenciante en la determinación de los hechos y su prueba... El impugnante no ha puesto en evidencia -siquiera liminarmente- la existencia de graves defectos de fundamentación o razonamiento del fallo cuestionado, que encajen en el elenco de supuestos de la doctrina de la arbitrariedad que invoca (CSJN Fallos: 310:234)."

"V.3. La aducida vulneración de la regla in dubio pro reo tampoco corre mejor suerte. La defensa exhibe su disconformidad con el criterio de valoración probatoria realizado, pero no ha evidenciado vicio o defecto alguno que justifique la intervención de este Tribunal en el terreno probatorio y la eventual descalificación del fallo recurrido como acto jurisdiccional válido... Por lo que se lleva dicho, podemos advertir que en el caso se contó con elementos suficientes para fundar el estado de certeza necesario para acreditar la materialidad ilícita, la autoría y la calificación legal, sin margen para la incertidumbre como pregona el recurrente."

"VI.1. El tribunal revisor abordó y brindó fundamentos en torno a la confirmación de la autoría de Acosta en el homicidio de Miryam Kowalczuck y, para ello, analizó la intervención que le cupo a Karen Klein en esta parcela de los hechos y concluyó que su actuación no pasaba de ser una participación secundaria (conf. art. 46, Cód. Penal)."

Dispositivo final: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa oficial a favor de Leandro Yamil Acosta, con costas (conf. art. 495 y concs., CPP)."

Otros elementos de fundamentación clave consignados por el tribunal de alzada y reiterados por la Corte: compatibilidad genética (pericia de ADN con porcentajes 99,9% y 100% respecto de restos y familiares), hallazgos de rastros hemáticos mediante luminol compatibles con disparo sobre persona acostada, impronta de proyectil en cerámica, secuestro del arma Bersa 9 mm atribuida a Acosta y constataciones sobre el dominio de los hechos por parte de Acosta (actos posteriores de ocultamiento y conducta dominadora). El tribunal consideró que la convergencia de indicios, valorados en conjunto, permitió formar la convicción beyond reasonable doubt sobre materialidad, autoría y agravantes aplicadas.

¿Cómo votaron los jueces?

Unánimes por la negativa (Dres. Soria, Genoud, Torres y Dra. Kogan). El acuerdo final obra como decisión mayoritaria.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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