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Tribunal Superior

BUSTOS, JUAN JOSE S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 102.525 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA II.-

El imputado Juan José Bustos interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la confirmación de su condena por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de niños. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso por insuficiencia de los agravios federales, concluyendo que las cuestiones invocadas son esencialmente procesales ya resueltas por la Casación y que no se acreditó arbitrariedad o perjuicio concreto que justifique la nulidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-135569
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Abuso sexual gravemente ultrajante Prueba de ninos Nulidad Inmediacion Bilateralidad Arbitrariedad de fallos Tribunal de casacion penal Confirmacion de condena

¿Quién es el actor?

Juan José Bustos, a través de sus defensores particulares.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Casación Penal, Sala II (se impugna la confirmación de la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal n° 7, Dpto. Judicial Lomas de Zamora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó declarar la inaplicabilidad de la ley y la nulidad de la sentencia condenatoria por alegada utilización de prueba ilegal (entrevistas/filmaciones y actuaciones de peritos psicólogos), violaciones del debido proceso, bilateralidad, contradicción, igualdad de armas, inmediación y derecho a interrogar testigos; se pidió la absolución por inexistencia de fuente probatoria independiente.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario por resultar inadmisibles o insuficientes los agravios de carácter federal; confirmó la conformidad del Tribunal de Casación con la valoración probatoria y la resolución del tribunal de mérito, y consideró que no se configuró arbitrariedad ni perjuicio material que imponga nulidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer lugar, cabe señalar que los reclamos de la defensa de Juan José Bustos a través de los cuales cuestionó la valoración como prueba de las declaraciones brindadas por los niños víctimas sin la previa notificación a esa parte, la alegada afectación al derecho a interrogar testigos de cargo y lo concerniente a la inexistencia de fuente probatoria independiente, resultan ser cuestiones netamente procesales ajenas por ende a la competencia de esta Suprema Corte, y además una reedición de lo llevado y desestimado por el Tribunal de Casación (v. recurso de fs. 109/134)."

"De la reseña efectuada, podemos advertir que la defensa de Bustos insiste con idéntica pretensión a la llevada en el recurso de casación, pues, más allá de agraviarse de la sentencia dictada por el tribunal intermedio, que desestimó el planteo sobre la presunta incorporación al juicio de prueba ilegal (filmaciones de las entrevistas realizadas a los niños y sus padres), lo cierto es que se dirige a confrontar la sentencia de primera instancia olvidando que esta Corte no conforma una tercera instancia a la cual acudir a los efectos de plantear cualquier disconformidad -incoadas bajo el ropaje de la supuesta conculcación de causales constitucionales-. Y, si bien la parte denuncia que, por haberse convalidado la actuación de los jueces de primera instancia, se vulneraron garantías constitucionales del procesado, lo cierto es que eso no viene demostrado."

"En consecuencia, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa particular a favor de Juan José Bustos, con costas (arts. 495 y concs., CPP)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Torres votó por la negativa; los Dres. Genoud, Kogan y Soria votaron también por la negativa, conformando la decisión de la mayoría.

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