Verón, Sabina contra Drexel S.A. y otros. Accidente de trabajo - acción especial
Acción especial por accidente de trabajo y reclamo de indemnización por muerte de trabajador. La Suprema Corte confirmó el rechazo de los recursos extraordinarios y sostuvo que la mayoría del tribunal de origen acreditó que el homicidio fue por “razones pasionales” ajenas al trabajo, por lo que no hubo relación causal laboral.
¿Quién es el actor?
Verón, Sabina, en su carácter de madre y representante del fallecido Juan José Douzuk.
¿A quién se demanda?
Drexel S.A.; Apetece S.A.; Liberty ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización integral por la muerte del trabajador (acción especial) y, subsidiariamente, prestaciones dinerarias del régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley; se confirma que la sentencia de primera instancia rechazó la demanda y se impusieron costas a la actora. Sentencia de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires de fecha de registro 12/10/2023.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de origen rechazó íntegramente la demanda que la señora Sabina Verón promovió contra Drexel S.A., Apetece S.A. y Liberty ART S.A., por la que procuraba el pago de una indemnización integral por la muerte de su hijo Juan José Douzuk y, subsidiariamente, de las prestaciones dinerarias previstas en el régimen especial de la Ley de Riesgos del Trabajo (v. fs. 455/481 vta.)."
"En suma, juzgaron acreditado que dicho homicidio estuvo motivado en razones pasionales vinculadas a la vida personal del trabajador, que no tuvo relación ni vinculación alguna con el trabajo (v. fs. 458 y 459)."
"En consecuencia, concluyeron, no resulta procedente atribuirle naturaleza laboral al siniestro que derivó en el fallecimiento del dependiente por haber operado la causal de eximición (fuerza mayor extraña al trabajo) contemplada en el art. 6 inc. 3 apartado 'a' de la Ley de Riesgos del Trabajo (v. fs. 477 vta. y 478 vta.)."
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General respecto del de nulidad, se rechazan los recursos extraordinarios traídos, con costas (arts. 289 y 298, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los cuatro jueces (Torres, Soria, Kogan y Genoud) votaron por la negativa respecto de la admisión de ambos recursos; la mayoría sostuvo la valoración probatoria del tribunal de grado que concluyó en la motivación pasional del homicidio y la ausencia de vínculo causal laboral.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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