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Tribunal Superior

Morete, Horacio Miguel c/ Provincia de Buenos Aires (Cámara de Senadores) s/ Demanda contencioso administrativa

Reclamo contencioso-administrativo por el pago del adicional por falta de estabilidad previsto en el art. 4 de la ley 10.551. La Corte provincial hizo lugar parcialmente a la demanda, anuló el decreto 1219/1992 y condenó a la Provincia a pagar el adicional devengado entre febrero de 1992 y el 10-12-1993, con intereses según la tasa pasiva del Banco de la Provincia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-61581
Contencioso administrativo Adicional por falta de estabilidad Ley 10.551 Decreto 1219/1992 Decreto 178/1992 Ley 11.607 Anulacion de acto administrativo Intereses sobre capital Tasa pasiva b. provincia Actualizacion/indexacion prohibida (art. 7 ley 23.928) Periodo reconocido: feb-1992 a 10-12-1993 Costas por su orden Observaciones breves: la sentencia aplica la jurisprudencia de la corte suprema de la nacion que nego la facultad del decreto o medidas de emergencia para suprimir el suplemento Y se ajusta a precedentes provinciales favorables que reconocieron el adicional Se nego la actualizacion monetaria por la prohibicion legal vigente.

¿Quién es el actor?

Horacio Miguel Morete.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Presidencia de la Cámara de Senadores / Honorable Cámara de Senadores).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad del decreto 1219/1992 (y en su origen del decreto 178/1992) y pago del adicional por falta de estabilidad en el empleo previsto por el art. 4 de la ley 10.551 por el período de su desempeño, con intereses y actualización; impugnación de la validez del decreto que suspendió el suplemento.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda; se anula el decreto 1219/1992; se reconoce el derecho del actor al cobro del adicional del art. 4 de la ley 10.551 por el período comprendido entre febrero de 1992 y la fecha en que asumió como senador (10-12-1993). Se condena al pago de las sumas devengadas, con intereses calculados exclusivamente sobre el capital conforme a la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia para depósitos a plazo fijo a 30 días, y costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Por los motivos expuestos, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda, anulando el acto administrativo impugnado, reconociendo al actor el derecho al cobro del adicional fijado por el art. 4 de la ley 10.551 y condenando a la demandada a pagar al accionante las sumas devengadas por el mentado concepto durante el período comprendido entre febrero de 1992 y hasta la fecha en que asumió como senador (10-XII-1993)."

2) "A las sumas reconocidas se les deberá aplicar intereses que, por mayoría, deberán calcularse exclusivamente sobre el capital, mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la captación de depósitos a plazo fijo a 30 días, durante los distintos períodos de devengamiento, conforme las condiciones determinadas en las reglamentaciones aplicables en cada caso..."

3) Sobre la prohibición de indexación: "Distinta suerte ha de correr el pedido de actualización monetaria. Es que este Tribunal ha sostenido reiteradamente que de acudirse a la 'actualización', 'reajuste' o 'indexación' -términos que suponen una operación matemática- se quebrantaría la prohibición contenida en el art. 7 de la ley 23.928 ..."

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron a favor por la afirmativa de hacer lugar parcialmente los Dres. de Lázzari (voto que abre el acuerdo y contiene los fundamentos principales), Pettigiani (adhiriendo salvo en materia de intereses y proponiendo modalidad de cálculo a partir del 1-8-2015 distinta en forma pero aceptada como variación), Soria, Negri y Kogan. El acuerdo y el dispositivo final reflejan la decisión de la mayoría.

Leyes que cita

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