MACIEL, MARCOS EZEQUIEL S/ QUEJA EN CAUSA N° 86.516 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA III.-
El condenado solicitó la inaplicabilidad de los incisos 7 y 11 del art. 80 del Código Penal y la subsunción de su conducta en el art. 79. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario por improcedente, confirmando que la valoración probatoria y la acreditación de la violencia de género y la ultrafinalidad (criminis causae) fueron suficientes.
¿Quién es el actor?
Marcos Ezequiel Maciel, por su defensor oficial adjunto Dr. Ignacio Juan Domingo Nolfi, interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y dedujo queja contra el pronunciamiento de la Sala III del Tribunal de Casación Penal.
¿A quién se demanda?
Tribunal en lo Criminal N°10 (sentencia de condena) y Tribunal de Casación Penal, Sala III (revocatoria/rechazo del recurso de casación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestionó la aplicación de las agravantes del art. 80 incs. 7 y 11 del Código Penal (homicidio criminis causae y agravante por violencia de género), la supuesta inobservancia del art. 79 del Código Penal, vulneraciones al principio de legalidad, culpabilidad, debido proceso y presunción de inocencia, y presunta revisión aparente de la sentencia condenatoria.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa; se confirmó la suficiencia de la valoración probatoria realizada por las instancias previas para acreditar la violencia de género y la ultrafinalidad que justificó la calificación en los términos de los arts. 80 incs. 7 y 11 del Código Penal. Se impusieron costas al recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal sentido, este Tribunal ha expresado que los planteos que suponen una pura confrontación con la valoración probatoria escapan al ámbito de conocimiento de esta sede por la vía del recurso de inaplicabilidad de ley..." (punto IV.1).
"La violencia de género no se da únicamente en el ámbito vincular y su nota característica es la concepción de la mujer como 'posesión' y 'objeto' en virtud de patrones de conducta discriminatorios... La condición de mujer, su negativa a acceder a los designios de Maciel y la violencia ejercida sobre ella a consecuencia de lo anterior, legitiman la conclusión adoptada en origen..." (resumen del voto del tribunal de casación citado en IV.2).
"En definitiva, la disconformidad de la parte con la solución adoptada por el tribunal revisor no alcanza para demostrar la violación del derecho al recurso con los alcances que la Corte nacional le otorgó a partir del fallo 'Casal'." (punto IV.3).
¿Cómo votaron los jueces?
Todos los vocales (Torres, Kogan, Soria y Genoud) votaron por la negativa; el acuerdo final rechazó el recurso.
Fechas y datos relevantes: Hechos ocurridos el 2 de diciembre de 2015; la Sala III del Tribunal de Casación Penal dictó resolución el 2-10-2018; la sentencia de la Suprema Corte se registró entre 22/09/2021 y 24/09/2021; la condena original fue prisión perpetua por abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravado por arma, en concurso real con homicidio agravado criminis causae y por violencia de género.
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