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Tribunal Superior

MONTIEL, RAUL ALFREDO S/ QUEJA EN CAUSA N° 94.458 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA IV.-

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por prescripción de la acción penal por robos agravados (cuatro hechos, 1998). La Corte provincial hizo lugar al recurso, aplicó retroactivamente la ley 25.990 y declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto de Raúl Alfredo Montiel, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema sobre el inciso e) del art. 67 CP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-133384
Prescripcion Ley 25.990 Art. 67 cp inciso e) Retroactividad ley mas benigna Robo agravado Competencia penal provincial Plazo razonable Doctrina csjn farina Interrupcion de la prescripcion Sentencia absoluta (extincion de la accion).

¿Quién es el actor?

Raúl Alfredo Montiel, por medio de su defensa particular y defensor adjunto ante el Tribunal de Casación Penal, interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Casación Penal, Sala IV (se impugna la denegatoria de la prescripción y la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Necochea).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de extinción de la acción penal por prescripción respecto del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no fue probada (cuatro hechos en concurso real, cometidos en 1998); alternativamente, se planteó vulneración del derecho a ser juzgado en plazo razonable.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se declara extinguida por prescripción la acción penal por los cuatro hechos por los que Montiel había sido condenado. Se aplicó retroactivamente la ley 25.990 y se computó como último acto interruptivo la comisión de un nuevo delito el 22 de enero de 2011; desde entonces transcurrió el plazo aplicable de diez años.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 25.990 ... varió sustancialmente el instituto relativo a la prescripción de la acción penal, restándole virtualidad interruptora a muchos actos que, según pacífica jurisprudencia, revestían esa entidad... Estas nuevas disposiciones proyectan, en el caso, sus efectos más benignos sobre la situación del procesado, al haber reducido las causales de interrupción por actos del procedimiento, correspondiendo, por ende, su aplicación (arg. arts. 2, Cód. Penal; 9, CADH; 15.1., PIDCP y 75 inc. 22, Const. nac.)."

Sobre la orientación de la Corte Suprema de la Nación: "la única interpretación que salvaguarda el principio constitucional de legalidad en materia penal (consagrado en el art. 18 de la Norma Fundamental) es aquella según la cual se considera al dictado de la sentencia condenatoria como el último acto de interrupción de la prescripción".

Consideración fáctica y conclusión: "se advierte que con posterioridad a la sentencia originaria de condena del 4 de mayo del 2000 la interrupción de la prescripción tuvo lugar por última vez al cometerse un nuevo delito el 22 de enero de 2011... y desde entonces transcurrió el plazo de 10 años aplicable al caso... corresponde hacer lugar a la pretensión de la defensa y declarar la prescripción de la acción penal..."

Dispositivo final (mayoría): "se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, y se declara la prescripción de la acción penal por el delito de robo con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse -cuatro hechos en concurso real- por el que fue condenado Raúl Alfredo Montiel (art. 496, CPP)."

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron afirmativamente los jueces Torres (ponente), Kogan, Soria y Genoud (unanimidad). Por mayoría se resolvió declarar la prescripción; no se analizó en su mérito el agravio por demora procesal por resultar innecesario.

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